Si eres cuidadora no profesional de una persona dependiente, cotizas hasta el momento de jubilarte. Y las normas para jubilarse, son las mismas. Aplica la edad según el tiempo cotizado.
¿Y esperaste a recibir la resolución del reconocimiento médico para añadirla a la reclamación de IP? Entonces, aparte de poner la reclamación de IP, esperaste más de 6 meses para poder coger una baja tranquilamente (por la misma patología, entiendo) y vuelves a estar de baja. Me ha servido de mucho tu experiencia. Gracias.
Gracias @lam00
por tus palabras. Entonces, a ver si te he entendido bien. Te dieron el alta, te comunicaste con tu empresa, pediste la revisión y hasta que te la hicieron y te dieron los resultados, pasaron 45 días hasta que empezaste a trabajar. Mientras tanto, ¿reclamaste la denegación de IP? Imagino que esos 45 días te pagó tu empresa de forma regular, ¿verdad? Gracias.
Hola, hoy al levantarme he visto que han finalizado mi expediente. Ahora a ver qué me dice la empresa. Esther, ¿tú has llegado a trabajar ó fuiste directamente a pedir la baja por otra patología? Entiendo que si es otra patología, cuenta como baja nueva.
Hola Krispy, sí que van rápido... Descansa todo lo que puedas y te deseo que todo se resuelva lo mejor posible. En mis expedientes administrativos, ¿cómo te aparece ahora? Gracias.