Melvin
05/04/24 09:49
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Declaracion renta conyuge y persona viuda
En el caso de que una persona fallecida haya tenido rentas sujetas a tributación durante el año en que ocurrió su deceso, es necesario realizar la declaración de la renta correspondiente a ese periodo. Esto incluye declarar los ingresos, bienes y derechos que la persona fallecida haya tenido hasta el momento de su muerte. Esta declaración debe ser presentada por el heredero o por el representante legal de la herencia. En cuanto a las acciones bancarias y el fondo de pensiones que tenía el fallecido, estas rentas también deben ser declaradas en la declaración de la renta de la persona fallecida. Las acciones que estaban a nombre de ambos cónyuges a partes iguales deben ser incluidas en la declaración de la renta de la persona fallecida en función de su participación en la titularidad de dichos activos.