Muchas gracias por responder frnjgr siempre tan amable , el problema por lo que veo es que a día de hoy según que información o página web consultes bien por ser antigua o bien por desconocer esta sentencia que comentas aún a día de hoy informan de manera errónea e informan de la obligatoriedad de comunicar ese inmueble recibido en herencia en el momento de la aceptación de la herencia, para evitar la suspensión o extinción del subsidio, entre estas páginas se encuentra por ejemplo loentiendo.com, es por ello que te quería preguntar si es posible acceder a la normativa del sepe en lo referente a esta cuestion,pues creo sería ideal poder tener a mano esa normativa a fin y efecto de poderla adjuntar si en algún momento el sepe nos requiriera no haber declarado en su momento la herencia de un bien inmueble.Muchas Gracias de nuevo.
Gracias por tu respuesta,yo también creo que no tiene sentido , si no de que sirve presentarlo vía internet,por eso me extraño mucho que nos pidiera la presolicitud presentada con anterioridad y a continuación imprimiera el modelo en pdf de la declaración indicando en el que se había cotejado con el dni y se había adjuntado el justificante de la presolicitud.
Porque no te deja? .Debes entrar el la página del sepe en prestaciones , tramites online, consulta de prestaciones , te pedirá dni , 10 dígitos de cuenta corriente y fecha de solicitud y podrás entrar sin problema.En cuanto a la vida laboral no lo he consultado pero no es algo que me preocupe por ahora.Suerte.
Tal como te comenta el compañero deberías cumplir el resto de requisitos como por ejemplo haber cotizado 6años por desempleo y tener 2 años cotizados en los ultimos15.Y algún requisito más.