¿Se está utilizando una norma reglamentaria para establecer unos condicionantes inexistentes en la ley? Si es así como poco resulta curioso.
Por otra parte los medios de prueba han de ser alegados en vía administrativa para reproducirlos posteriormente en los tribunales, pues la administración no se va a bajar del burro.
¿Se le ha respetado al trabajador en la nueva contratación su anterior salario y antigüedad en la empresa?
¿Realiza las mismas funciones?
¿Si ha vuelto a ser despedido durante cuánto tiempo ha estado contratado? ¿Debe soportar una grave pérdida económica por unos días o meses de trabajo?...
Rendirse sin tratar de encontrar el punto débil del rival nunca, pero sin dejar de tener en consideración que es poderoso y difícil de tumbar.
Sobre gestores y asesores hay de todo: buenos, muy buenos, malos y muy malos. También hay clientes de aúpa. Algunos son capaces de engañar a su médico y después echarle la culpa de su desdicha.
Está claro que en vía administrativa no se van a apiadar de él. La máquina recaudadora es muy difícil de parar.
Yo trataría de buscar alguna resolución del Tribunal Económico Administrativo a la que poder agarrarme y no descartaría acudir a los tribunales, quizá buscando algún abogado que intente lograr unos minutos de gloria si triunfa y que acepte ir a porcentaje de éxito. Cara o cruz, pero algunas veces merece la pena arriesgarse a tener que tomar dos tazas de caldo en lugar de taza y media. A veces hay cerdadas muy difíciles de digerir y la apuesta fuerte puede merecer la pena.
La desvergüenza de la castuza política rapiñadora no tiene límites.
Se revisan los valores catastrales al alza pero no se tocan los coeficientes aplicables. Bueno, algunos ayuntamientos conscientes del atraco establecen bonificaciones. Otros no cobrar el impuesto. Si te toca un ayuntamiento dirigido por ladrones lo tienes chungo salvo que alguien lo arregle.
http://cincodias.com/cincodias/2015/05/15/economia/1431700198_457770.html
Para los de más abajo se pondrían las cosas mucho más difíciles.
Para los de arriba, incluidos los políticos cómplices, nada de nada o más bien poco.
Te olvidas de los malabaristas del apunte contable.
Considero que el condominio es único. Nace de un único acto jurídico y se disuelve parcialmente. Creo que acudir al TEAR es perder el tiempo y a los tribunales teniendo que pagar abogado y procurador también. Si te soplan las costas ni te cuento.
Desde mi punto de vista los señores del Tribunal Supremo barren descaradamente para casa y ya sabemos que en otros asuntillos no son tan puntillosos, pero es lo que hay.
La decisión final no depende de mí. Puede que me equivoque, pero si fuera mía consideraría que es el momento de abandonar el juego.
La plaza de garaje forma parte de otro inmueble.
Lamentablemente creo que no me queda más remedio que estar de acuerdo con Kyrie lomthe. Hasta la casación del Supremo he visto algunas resoluciones judiciales que admitían la extinción parcial, incluso resoluciones del TEAC en ese sentido. Pero ahora creo que ya no hay nada más que rascar. O se extingue el condominio en su totalidad o ITP. Sapo que cuesta tragar pero es lo que hay.
Al final siempre suele entrar en juego esa norma nunca escrita que dice que en caso de duda siempre a favor del Fisco. Casi nunca falla.