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Participaciones del usuario Leggado A. Herencias

Leggado A. Herencias 23/05/25 08:10
Ha respondido al tema No aparece a firmar el usufructo la viuda. - Herencia
 En este caso, si los herederos han aceptado por escrito (mail, WhatsApp, mensaje) la cantidad propuesta para capitalizar el usufructo y también han aceptado la fecha y hora de la firma, pero la viuda (o su abogado) no comparece ni responde, lo recomendable es lo siguiente: 1. Acta notarial  El paso más efectivo es acudir a un notario el día de firma y hacer acta notarial de la comparecencia y luego que practique un requerimiento de firma a la viuda, dejando constancia de que:  Se había alcanzado un acuerdo,Se fijó una fecha propuesta por su parte,Y que no compareció sin justificación.Este requerimiento puede servir para demostrar la buena fe de los herederos y dejar constancia de la incomparecencia  o silencio de la otra parte. 2. Vía judicial Si persiste la negativa, los herederos pueden acudir al juzgado para solicitar la extinción del usufructo mediante acción judicial de liquidación o partición, ofreciendo la cantidad acordada como consignación judicial. Este paso también puede ser necesario si se pretende vender el bien o inscribir el pleno dominio, y el usufructo sigue figurando registralmente sin acuerdo de extinción Ángel Seisdedos
Leggado A. Herencias 06/05/25 09:40
Ha respondido al tema Como se reparten los gastos de una herencia, entre los diferentes elementos que la componen
 Para calcular la ganancia patrimonial en la declaración de la renta por la venta del inmueble heredado, debes partir del valor de adquisición, que incluye: El valor declarado del inmueble en el Impuesto de Sucesiones.Los gastos asociados a la adquisición (notaría, registro, gestoría, etc.).Los impuestos satisfechos (como el ISD proporcional al valor del bien).En tu caso, como hay gastos globales de herencia (los 1.000 €), lo correcto es prorratearlos proporcionalmente al valor de cada bien dentro de la herencia.  Sí, como tú dices, se puede hacer en función del valor atribuido a cada bien en la escritura de herencia. Si la herencia tiene 5 bienes y, por ejemplo, la vivienda representa el 40% del valor total, entonces puedes imputar un 40% de esos 1.000 € como gastos asociados a la vivienda (en este caso, 400 €). De todas formas me falta información para darte una mejor respuesta.Ángel 
Leggado A. Herencias 03/05/25 17:37
Ha respondido al tema Derechos sin aceptar la herencia
En el caso que planteas, aunque tu hijo estaba casado en régimen de separación de bienes y sin hijos, su esposa tiene derecho a la cuota legal usufructuaria, que en este caso es el usufructo de la mitad de la herencia, al no haber descendientes.  Ahora bien, ese derecho no implica que pueda usar una vivienda concreta (como la que ha heredado tu hijo) de forma automática. Para que ese usufructo se concrete, es necesario que haya una aceptación de herencia y una adjudicación o partición, donde se determine sobre qué bienes recae ese usufructo (puede ser sobre dinero, acciones, un inmueble, etc.).  Es cierto que la aceptación puede ser tácita, es decir, puede entenderse aceptada si la viuda realiza actos que implican necesariamente la voluntad de aceptar. Por ejemplo, si comenzara a residir en la vivienda heredada y actuar como usufructuaria sin oposición, podría considerarse una aceptación tácita. Sin embargo, incluso en ese caso, el uso de la vivienda sin acuerdo de los herederos (los padres) puede considerarse indebido. Hasta que no se haya repartido la herencia o conmutado su derecho, no puede imponer unilateralmente su derecho de uso sobre un bien concreto.Te recomiendo que hables con un abogado.Ángel 
Leggado A. Herencias 19/02/25 12:52
Ha publicado el tema La carta de Matilde que se transformó en testamento (y que debes conocer) - guia herencia
Leggado A. Herencias 12/02/25 13:16
Ha respondido al tema Herencia compartida con menor de edad
Hay algunas cosas que aclarar aquí. Empiezo por el principio. Aunque tu sobrino cumpla 16 años, no puede vender la vivienda por sí solo, ya que los menores de edad necesitan autorización judicial para vender bienes inmuebles heredados.A partir de los 16 años, el menor puede intervenir en la compraventa, pero su representante legal (su padre o tutor) sigue necesitando autorización del juez para que la venta.Para vender sin problemas, el padre de tu sobrino deberá solicitar autorización judicial antes de la firma, este trámite no es rapido, y dependiendo del juzgado puede tardar varios meses, así que lo ideal es iniciarlo cuanto antes para no retrasar la venta.Ángel.
Leggado A. Herencias 24/01/25 12:32
Ha respondido al tema Sin interes en herencia
Para el caso que me estás exponiendo, tienes que tener en cuenta el mayor saldo habido en el último año antes del fallecimiento.Ojo no es lo mismo el saldo a fecha de fallecimiento, esto suele ser así, para evitar que hacienda reclame por la diferencia (Lo suele hacer)Para el valor de las viviendas que tener en cuenta el valor de referencia catastral como mínimo a fecha de fallecimiento.
Leggado A. Herencias 24/01/25 12:08
Ha respondido al tema Sin interes en herencia
Hacienda exige presentar el Impuesto de Sucesiones en un plazo de seis meses desde el fallecimiento, aunque la herencia no se haya repartido. Si no se presenta, pueden imponer sanciones y recargos. Tienes que tener en cuenta que Presentar el impuesto no implica aceptar la herencia, solo cumplir con la obligación fiscal. Si la herencia está bloqueada, una opción es liquidar el impuesto sin adjudicación y reflejarlo como “herencia yacente”.
Leggado A. Herencias 24/01/25 11:01
Ha respondido al tema Sin interes en herencia
Si la hija decide no hacer nada, simplemente no se tramitará la herencia y el dinero seguirá en la cuenta bancaria hasta que se considere inactivo. Sin embargo, si desea adjudicarse su parte, deberá llegar a un acuerdo con los otros herederos, ya que en España una herencia no se puede repartir unilateralmente.  Si los demás herederos no aceptan ni firman el reparto, ninguno podrá disponer del dinero ni adjudicarse nada hasta que todos lleguen a un acuerdo o, en su defecto, se inicie un procedimiento judicial de división de herencia, lo cual no suele ser recomendable por los costes en relación con una herencia de escaso valor. En resumen, si no hay consenso, el dinero quedará bloqueado sin poder ser utilizado por nadie. 
Leggado A. Herencias 19/01/25 20:09
Ha respondido al tema Duda interpretación testamento - Herencia
El testamento otorga a la esposa el usufructo vitalicio de toda la herencia, lo que incluye tanto bienes inmuebles como dinero en el banco. El usufructo sobre el dinero significa que la esposa puede disponer de los intereses o rendimientos que genere, pero no del capital, salvo que los herederos lo permitan, el usufructo de dinero es un tema peliagudo ya que requerirá que se reponga al fallecer…. Con este testamento, si os negáis a que disfrute de todo el usufructo os quedaréis con la legítima estricta.Ángel 
Leggado A. Herencias 16/01/25 13:02
Ha respondido al tema Pasos a seguir fallecimiento de uno de los propietarios - Herencia
Si, así es. Pero la renuncia debe de ser ante notario.