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¿Traductora autónoma sin residencia fiscal en España sometida al IRPF?
En teoría, hasta que no vivas aquí más de 183 días en el año no serás residente. Como eres residente en Polonia la potestad tributaria la tiene tu país y tendrás que hacer las declaraciones de la renta que toquen allí indicando que obtuviste aquí las rentas. Si piensas quedarte más de esos 183 días iría solicitando la residencia fiscal española. Cuando hagas el cambio pediría un asesor para que te ayude.