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Imputación renta inmobiliaria IRPF - Herencia
Buenos días,Gracias por la respuesta.Si el inmueble tiene el carácter de ganancial y corresponde el legal a los herederos, el viudo tendría que hacer en el IRPF, 2 imputaciones de la misma vivienda el 50 % de todo el año y el 16,67 % del valor desde el día de fallecimiento de la esposa hasta final del año? Y cada uno de los hijos declarar el 16,67 % desde el fallecimiento?Es obligatorio comunicarlo al Catastro? Hemos hecho cuaderno particional.Un saludo y reitero las gracias.
José Carlosp10/03/24 10:36
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