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Jogolo117

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Jogolo117 06/01/25 01:27
Ha respondido al tema Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada
Los datos que facilitas no son correctos, si leemos el Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local, nos dice que en su Artículo 2.  Reducción de la edad de jubilación. 1. La edad ordinaria exigida para el acceso a la pensión de jubilación conforme al artículo 205.1.a) y la disposición transitoria séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, con respecto a quienes se refiere el artículo 1 se reducirá en un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policía local el coeficiente reductor del 0,20. 2. La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el apartado anterior en ningún caso dará ocasión a que la persona interesada pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior en 5 años a su edad ordinaria de jubilación, o en 6 años en los supuestos en que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad a que se refiere el artículo 1. 3. La anticipación de la edad de jubilación por aplicación de los coeficientes reductores a que se refiere el apartado 1 se condicionará tanto a la necesidad de tener cubierto el periodo de carencia de 15 años que se exige para acceder a dicha prestación como los 15 años de cotización como policía local necesarios para poder aplicar el coeficiente.Por ello, si edad de jubilación podrá reducirse 5 años, es decir, podrá jubilarse a los 60 años, en el año 2026, si cumple los requisitos de:1.- llevar 25 años trabajados en la policía local, los cumple, Si2.- si lleva cotizados durante si vida laboral 38 años y 3 meses, los cumple ?En caso afirmativo podrá jubilarse en el año 2026 al cumplir los 60 años,En caso negativo, deberá esperar, a los 61 años y 10 mesesSegún el INSS la policía local no tiene jubilación anticipada, sino una jubilación ordinaria con coeficientes reductores.Espero sea de interés 
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Jogolo117 04/01/25 22:53
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