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Participaciones del usuario Holynes2

Holynes2 09/07/24 14:58
Ha respondido al tema Reclamación a un seguro
No ha dicho Liberty, eso es un ejemplo que yo he puesto. Lo que me extraña es que le comercialicen una poliza con robo pero sin lunas. en fin. Ya me he dado cuenta de que lo ha puesto despues Mapfre. 
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Holynes2 08/07/24 12:13
Ha respondido al tema Posibilidad de reclamar un recibo.
Tu imagina que es como Netflix, te suscribes y hasta que no digas lo contrario, ahi estas. Y respecto a que te lo cobraran... revisalo, porque si te lo han cobrado cuando era gratis el primer año,  estas pagando dos veces. Si realmente te lo han cobrado y lo recuperas, podrias pagar el segundo año con eso . Entiendo yo... Por lo menos que no te cueste. Pero ojo, te lo han podido cobrar y la agencia descontarte el seguro de otra parte. , en honorarios o lo que sea. 
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Holynes2 05/07/24 19:54
Ha respondido al tema Posibilidad de reclamar un recibo.
Los seguros son de carácter anual, y cualquier anulación por cualquiera de las partes, debe ser notificada por escrito a la otra parte . SI es el cliente, con mes de antelación, si es el seguro, con dos meses. El impago de la prima del seguro, es reclamable por parte de la aseguradora, ahora bien, que lo hagan o no, es cuestión de ellos. Pero que el primer año no era gratis? porque te lo cobraron? no te lo dedujo la agencia de alguna manera?
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Holynes2 04/07/24 17:30
Ha respondido al tema Reclamación a un seguro
Desde el momento que declaras un siniestro, tu aseguradora tiene 40 dias de plazo como maximo para hacerte la indemnizacion correspondiente.  A partir de 40 dias , se generan intereses de mora.  Artículo dieciocho.El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas.Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado. Si tardaron dos semanas... a mi me parece lento para ser una luna, pero con la ley en la mano, yo descarto una reclamacion. 
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Holynes2 03/07/24 17:35
Ha respondido al tema Seguros de la Mutua
En coberturas es horrible, pero antes tenia eso que atraia a tanta gente de si no das mas de 3 partes al año , no te subimos el seguro. y eso tenia tiron 
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Holynes2 03/07/24 12:38
Ha respondido al tema Seguros de la Mutua
O sea , que la Mutua se esta volviendo como las demas. No es sorprendente viendo como esta el mercado 
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