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Grantorino

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Grantorino 09/06/23 16:04
Ha respondido al tema Consulta Factura Registrador - Nuda Propiedad
 Muy buenas, Como siempre, en primer lugar, agradecer el trabajo, tiempo e información a @ainhoa66. Haces una labor muy importante dentro de este foro, sobre todo en lo que se refiere a Notarios y Registradores. Nos aportas la información necesaria para poder entender las minutas, que como ya hemos visto en la mayoría de los casos traen sorpresas… que por vía amistosa Notarios y Registradores se niegan a aclarar. Dicho esto, procedo a responderte a los posts anteriores: - Mi pareja y yo no estamos casados, ni somos pareja de hecho. - La factura aún no la hemos pagado, la recibimos el día 17 de Mayo y entre un par de llamadas al registro y el intercambio de algún mail… el plazo se nos ha ido por completo. Pero igualmente vamos a impugnarla ante el colegio, si fuera necesario. Puesto que, para variar, el registrador se ha cerrado en banda y no me ha facilitado ninguna información. - Sobre el CRU… totalmente de acuerdo contigo. Y con la respuesta del registro aún te partes más: “después de volver a comprobar cada uno de los conceptos minutados, consideramos que todos los conceptos son correctos y conforme a la Ley que regula nuestros aranceles y conforme a la doctrina de Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.” Registradores y Notarios cortados por el mismo patrón, gente con la que se puede dialogar y dispuestos a explicar los conceptos por los que nos facturas (ironía total, por si no se entendía ;) ). - Respecto al 2.2C, muchas gracias no tuve en cuenta el 5%. Desconocía que las reducciones fueran acumulables. - Presentamos los siguientes impuestos: 2 impuestos de sucesiones y donaciones (Modelo 651), uno por cada titular 2 ITP: Transmisión derechos reales vienes urbanos (Modelo 600), uno por cada titular ITP: Derechos reales de garantía/cesión créditos (Modelo 600), sujeto pasivo el usufructuario - En la NS previa a la operación aparecen dos afecciones: Por lo que entendemos, en base a lo que comentas, que se han cancelado 2 afecciones fiscales y se han practicado 6 nuevas afecciones fiscales. Aún no hemos recogido las escrituras, porque no hemos pagado la factura del registrador. Por lo que no tenemos la nueva NS para comprobarlo. - Respecto a la Condición Resolutoria, como siempre has acertado. La operación se corresponde con el número 4, pagamos una cantidad inicial de 58K euros + una mensualidad de 500 euros garantizada durante los primeros 7 años. Quiero decir que, si falleciera el usufructuario antes de los 7 años, dicha mensualidad será pagada a sus herederos. Por lo que entiendo, fijan los 58000 euros porque en caso de impago por nuestra parte el usufructuario no estaría obligado a devolverlos. - Llegados a este punto, si que puedo aportar información. Porque hasta el momento, como siempre, he estado aprendiendo de tus explicaciones… Esta mañana me he dado cuenta, que la referencia catastral en las escrituras y en el IBI coincide con la existente en el catastro. Y dicha referencia no ha sido modificada en ningún momento desde la construcción de la finca. Sin embargo, lo que si se observa es una errata en la referencia catastral utilizada en el Registro (difiere en dos dígitos de los 7 primeros identifican la finca y en uno de los 2 últimos caracteres de control). Este error es preexistente a la operación que nos ocupa, parece ser un error a la hora de ‘teclear’ el número en el registro. Las cuestiones aquí serían: Al ser un error del registro, ¿nos corresponde asumirlo? y ¿por esto, facturan un CRU?. Concluyendo, coincido totalmente contigo en los 3 puntos que ves mal/regular… y por esos le pedí explicación al registrador. De primeras, la respuesta del registrador fue: ‘si no estás de acuerdo en alguno de los aranceles, reclama ante el colegio’.Mil gracias! 
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Grantorino 09/06/23 15:43
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Grantorino 12/05/23 19:35
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Buenas de nuevo @ainhoa66 ,Estás en los cierto, lo primero que me llamó la atención fue el cobro de los 'timbres simples', aunque sin iva, meten ese euro cuarenta y cuatro céntimos... quiero entender que por 'orgullo' o 'pormihuevismo' que tanto vemos en España.Respecto a la respuesta, la recibí por correo certificado sellada por el Colegio y firmada por 'EL DECANO'. Pero no se trata de ningún informe del notario... es un escrito en el cual el colegio me informa que el notario ha procedido a generar una nueva minuta (de nuevo, sin firma), la cual adjuntan. Y aprovechan para comentar que la empresa de informática se ha encargado de corregir el programa (dudo, sinceramente, que la siguiente minuta que emitan tenga los márgenes corregidos). Leyéndote, me dio cuenta que me falta mucho por aprender... no había caído en que sin informe es un arreglo 'por la puerta de atrás'.Muchas gracias, de nuevo.
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Grantorino 11/05/23 19:11
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Muy buenas @ainhoa66 ,Ayer recibí la respuesta del Colegio... el notario ha procedido a emitir una nueva minuta con todas las correcciones que solicitamos. En la carta de respuesta indican que:"Asimismo ha informado que la empresa informática que se ocupa del mantenimiento del programa informático, ha corregido, actualizado y solucionado las cuestiones planteadas en su escrito de impugnación."---> Confiemos en que así sea, jejejeDe nuevo, mil gracias por tu tiempo y conocimientos. He aprendido mucho sobre 'aranceles'.Un saludo.
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Grantorino 25/04/23 00:46
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Jejeje me queda mucho por aprender aún, así que seguiré tus mensajes.Respecto a tus apreciaciones:Primera: lo deje tal cual y esperamos su respuesta.Segunda: de nuevo tu experiencia te hace estar en lo cierto... y aplicando el mismo razonamiento, creo que no es la única cara que no estará en la matriz: Ya que, la cara 50 con párrafo "Es COPIA LITERAL DE SU MATRIZ [...]" y la cara 51 con párrafo “ESTE FOLIO EN BLANCO, RUBRICADO Y SELLADO, SE HA INCORPORADO A LA COPIA DE LA ESCRITURA POR MI AUTORIZADA […]”, no figuraran en la matriz.Tercera: omití todo lo relacionado con los Timbres Forales.Creé la versión final del recurso, y firmada electrónicamente la envié al Colegio de Notarios dentro de plazo (me comentaron que no tienen muy en cuenta el tema de los días jejeje, pero ya sabemos como es la administración). No respondí antes en el foro porque tardaron en enviarme la confirmación, pero ya la tengo y ahora toca esperar.Te iré actualizando.La única duda que tengo ahora mismo: ¿Es recomendable que abone la minuta antes de la resolución?.@ainhoa66 mil gracias de nuevo, por todo... tiempo, conocimientos, las horas... ;)
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Grantorino 23/04/23 23:35
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Que decir... muchas gracias, un domingo y respondiendo!Efectivamente la minuta no tiene firma, antes no te entendí. Consideré que el sello era suficiente, aún me queda por aprender.Todo lo que ves en el pdf es fruto de tus respuestas en esta comunidad. Eso sí, he intentado comprenderlo para que pueda sacarle partido... no solo es copia y pega. ;)Opino igual que tú y a medida que he ido leyendo... creo mas firmemente que me han estado 'mareando' para ganar tiempo. Y por eso, no me va a importar hacer mañana lo que sea para entregarlo en 'Forma y Tiempo'. Tengo certificado y firma digital, así que llamaré a las 8:30 horas... si no me convence su propuesta me tocará ir en persona.Respecto al formato, lo adapto ahora tomando como plantilla el documento que me has facilitado.De nuevo, muchas gracias por todo (Tu tiempo, conocimientos, etc.)
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Grantorino 23/04/23 13:58
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Disculpa, con las prisas olvide comentarte que no realizamos provisión de fondos para el pago de la minuta de notaria. Nos pasaron un numero de cuenta de la notaria directamente y estábamos en espera de saber como proceder... por eso contacte con el colegio, pero me indicaron que enviara todo para que antes lo revisaran sus notarios.Y esto es lo que aparece en el pie de la minuta:
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Grantorino 23/04/23 13:54
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Buenas de nuevo,Me imaginaba que esto fuera así, aunque me dijeran que no había problema por ese retraso en la comunicación...Te respondo a las preguntas:¿es esa misma fecha la que figura en el campo "Fecha Emisión"? No, en fecha emisión aparece: 27/03/2023Entiendo que también figura algo en el campo "Número de factura", no? Si, existe un número de referencia, entiendo que interno de la notaría.¿Esta firmada por el notario o la notaria esa minuta? Si tienen dos sellos el de la notaria y el de entregado, que lo pongo a continuación:Por si sirve de ayuda, adelantándome a este posible problema, el día 20 de abril envié un mail al colegio de notarios ([email protected]) con mi reclamación... así me indicaron que lo hiciera para su revisión (el viernes llame pero aun no lo habían podido revisar), pero no me consta que sea el procedimiento de 'impugnación' correcto. ¿Cómo tengo que impugnarla formalmente?.Gracias de nuevo por la urgencia.
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Grantorino 23/04/23 12:22
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Muy buenas @ainhoa66 ,En primer lugar, como no puede ser de otra manera, agradecerte tu tiempo y conocimientos.Coincidimos en todos los puntos que has expuesto. Gracias a tus respuesta y documentación aportada a otros usuarios, me he atrevido a crear un documento para la reclamación/impugnación que adjunto en esta respuesta.https://drive.google.com/file/d/15ddJ_7iHOIVIUO62RYzFpuUulb3oKVpF/view?usp=sharingY respondo a tus preguntas:¿Qué contienen las 3 caras escritas que no están en tu copia simple y sí en la autorizada? Cara 49 es el justificante de comunicación al ayuntamiento correspondiente.Cara 50 contiene la explicación de que es 'PRIMERA COPIA LITERAL...', los sellos y sello de 'Aplicación Arancel'.Cara 51 'ESTE FOLIO EN BLANCO, RUBRICADO Y SELLADO...'No entiendo muy bien cuál ha sido/es el papel de una gestoría de por medio.Se trata de una empresa que intermedia, en exclusiva, en estas gestiones de 'Renta Vitalicia' (no pongo el nombre, pero es conocida a nivel nacional). Se encargan de todos los trámites, pago de impuestos, contrato, etc... Todos estos servicios ya incluidos en sus honorarios.No sé si relacionado con lo anterior, ¿Quién eligió esa notaría? ¿la gestoría?La notaría la eligieron ellos. Desconocimiento nuestro, no sabíamos que teníamos derecho a elegir. Mira que tengo un conocido trabajando en notaria, pero jamás me hubiera imaginado que la 'piratería' hubiera llegado aquí. Sinceramente, he decido perseguirlo por la respuesta que me dieron en la notaría al preguntar por los suplidos... para nada normal, no abierta a revisiones y con un tono de superioridad... Pero no hay mal que por bien no venga, he hecho un master en minutas y en gran parte gracias a tus respuesta ¡GRACIAS de nuevo!. Los "documentos unidos", o expresión muy similar, que figuran en tu autorizada están en papel timbrado también, no? ¿Qué documentos son, su naturaleza?La documentación unida, toda en papel timbrado es:Caras 40, 41 y 42 son la nota simple expedida por el registro de la propiedad del municipio.Caras 43 y 44 es la descripción catastral descriptiva y gráfica. (oficina online del catastro)Cara 45 certificado de deuda de la hipoteca que tenia la vivienda.Cara 46 certificación catastral del valor de referencia. (oficina online del catastro)Cara 47 certificado de la comunidad.Cara 48 justificante de la transferencia OMF que realizamos el día de la firma.Cara 49 justificante de comunicación al ayuntamiento de la copia simple electrónica.Busca, empezando por las últimas paginas, en tu autorizada donde se tiene que decir eso de es copia fiel de la matriz de XX folios timbrados y numerados con los numeros YYYYYY y los ZZ anteriores o siguientes, para poder clarificar la extensión verdadera de la matriz, siendo que de ella y solo de ella se pueden hacer copias (simples y/o autorizadas¿En qué C.A. está esa notaría? Madrid.¿Fecha de pago de la minuta? Aún no he enviado el pago. La factura fue entregada a "la gestoría" el día 30 de Marzo (viene sellada) y nos la hicieron llegar vía mail el día 11 de Abril (hasta este día no tuvimos conocimiento de la existencia de la misma). Esta minuta viene a nuestro nombre. Si me puedes ayudar con este punto: ¿debería de abonarla antes de impugnarla?, ¿cuál es el proceso para impugnarla?, ¿existe un documento/formato para hacerlo?.Un saludo y mil gracias de nuevo.
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Grantorino 18/04/23 21:15
Ha respondido al tema Minuta excesiva Notario - Compraventa Vivienda
Muy buenas a tod@s,En primer lugar aprovecho para pedir disculpas al compañero que abrió el post, pues voy a utilizarlo para aportar otra minuta... a ver si @ainhoa66 puede ayudarme. Porque gracias a sus explicaciones, me he atrevido a preguntar. No tenia mucha idea, pero teniendo en cuenta la info que habéis compartido creo que mi minuta no es 'muy correcta'.Datos: Se trata de una operación de 'Renta Vitalicia', la copia autorizada tiene 26 folios (51 caras) y mi copia simple tiene 24 folios (48 caras). He preguntado a la notaria por el tema de los 'Suplidos y otros conceptos', me han dicho que es un "paquete" que meten en todas las operaciones... que a la notaria la facturan en bloque a final de mes... vamos que no me han dado desglose ni ninguna factura. Y me llama la atención el número tan redondo (60) y mas teniendo en cuenta que la 'Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica' y 'Certificación Catastral de Valor de Referencia' que se incluyen en la autorizada han sido solicitados en la sede del catastro online y estas operaciones son gratuitas.Respecto a las copias simples, no solicitamos ningún número. Nos facturan 3, pero yo tengo 1 y la gestoría otra... desconozco el paradero de la tercera.Los márgenes en blanco por hoja, como no podía ser de otra manera, también superan el tercio de la cara (son de 8 cms).MinutaPor si sirve de ayuda, se incluyen estas 2 notas en la autorizada:Muchas gracias por tu ayuda ;)
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