El tema es que no sé si soy yo el perjudicado o lo es hacienda, no puedo abrir la declaración y mirar que es lo que saldría ahora?
Perdona la pregunta tonta
Según tengo entendido se distingue entre VPO de regimen general y especial (no estoy seguro que ésta sea la palabra correcta), en el primer caso por ejemplo pagas un 10% de IVA y en el segundo un 4%.
En lo del AJD creo que no se hacen diferencias, te todas formas un 0,1% es muy bueno comparado al 1,5% que te soplan normalmente.
Gracias y si, ya lo miraré más adelante
Muchas gracias!De todas formas la escritura no se firma hasta finales del año que viene por lo sería para la declaración del 2019.Lo que no entiendo es por qué está exento.En otros sitios había leído que habia que pagar un 0,1%.
https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/ajd/tarifes-tipus/
Ver bajo los puntos 11 y 12
Gracias y saludos