Hola PilarHay varias sentencias vinculantes por las que se permite desgravar por "adquisición de vivienda habitual" los importes pagados en el ejercicio en concepto de Seguros de Vida y Seguros del Hogar, siempre que la contratación de estos productos haya sido obligatoria para la concesión del préstamo hipotecario contratado con el Banco.Hago una matización en relación con el Seguro del Hogar: solo será posible desgravar la parte del seguro que se refiere al "Continente" pero no al "Contenido"(muebles, electrodomésticos, alarmas, etc). En la práctica, se suele meter todo el importe pero si hay una inspección de Hacienda (cosa muy improbable), puedes tener problemas.En relación a las 2 cuestiones que planteas en tu mensaje, indicar que si el préstamo hipotecario está a nombre de los 2 al 50%, las deduciones del Seguro de Vida y del Hogar también serás al 50%, independientemente de quien aparece como titular en el recibo de los Seguros.Saludos!
Hola Nistal9Lamento decirte que las ganancias o pérdidas que hayas tenido con acciones en años precedentes, no puedes declararlas en la Renta de este año.Es necesario hacer una Declaración Complementaria de cada uno de los años en los que hayas tenido variaciones patrimoniales.El cálculo de la compraventa de acciones es complejo porque hay que tener en cuenta la fecha de compra y de venta de venta y valor de las acciones en dichas fechas. Valora el tema con tu broker y si te puedo ayudar en algo, me lo dices.Hacienda tiene 4 años para inspeccionar tus Declaraciones de Renta presentadas.Siendo no poder decirte otra cosa.Saludos
No sé lo que significa "Los dividendos de ETF en venta son negativos"Lamento que te haya confundido mi mensaje. Actua cómo consideres más oportuno.Saludos!
Hola AnrabroLos intereses de venta en corto, no se pueden considerar como gasto en ETFs. Tampoco los intereses por Flatex.Los dividendos de los ETF o de las acciones no se consideran gastos. Tributan cómo rendimientos de capital mobiliario en la Base del Ahorro.No veo inconveniente en poner en una sola operación la venta de acciones de la misma clase.No sé si he comprendido bien los conceptos que explicas en tu mensaje!Saludos
NO.Dado que Hacienda dispone de toda la información relacionada con tus cuentas bancarias y que dicha información la traslada automáticamente a tu borrador, mi consejo es que des por válida dicha información. Me estoy refiriendo a: Intereses, gastos de administración y custodia, retenciones y otros gastos deducibles.Si metes otros datos distintos a los que aparecen en tus datos fiscales, pueden ser objeto de inspección.Para ver lo que te comento, pulsa la pestaña de "Datos" y en la parte inferior izquierda pincha en en el circulo "Datos introduccidos" y en el apartado de Rendimientos del Capital Mobiliario, verás la información de tus bancos que se han introduccido en el borrador de tu Declaración.Saludos,
Los intereses negativos cobrados por los Bancos "no son gastos deducibles". Hacienda solo acepta como deducibles, los gastos de Administración y Custodia de las Acciones.Saludos,