www.rankia.com/foros/depositos/temas/2602508-rellenando-modelo-720?page=292#respuesta_6279297Aquí un compañero ha preguntado lo mismo, si lees las tres páginas que le siguen, te pueden servir para aclarar la duda.
Reclamado está. Esta mañana quien me ha atendido, me dijo que si no estaba conforme que desistiera y que eso es lo que había, a lo que le contesté que la ley está para algo y que no se puede publicitar algo que luego no cumplen, pero esta persona no se movía de su discurso.Luego, he vuelto a llamar esta tarde y me ha atendido otra persona que estaba más receptiva y ha podido comprobar que en la solicitud aparecía con el interés aplicado anterior al cambio y con los pantallazos y el pdf que me descargué, ha sido suficiente y ha presentado una solicitud de compensación por el cambio. Me ha dicho que si B. Sistema no me compensa, lo hará Raisin.Ya contaré como termina.
Gracias de igual manera.Estos de Raisin, no se enteran ni ellos con los TIN y TAE. Igualmente por teléfono me han dado respuesta aún mas confusa y pienso que ni ellos saben distinguir la diferencia.
El de Haitong, vence en el 23-10 y sí, le he dado un margen en el cálculo de 8 días en la cuenta de Raisin por si ocurriese algo, aún así, no llego a sobrepasar los 50K. Si había tenido en cuenta que al ser iban ES, no computa, pero sí, los días que está en la cuenta de Raisin en el 4T.Gracias, por la advertencia.
@monillo
Gracias por responder. Y es verdad, que ahí estaba mi duda del IBAN por imposición de B. Sistema. Quería ir al limite pero sin pasarme. Aún así para no arriesgar lo haré por 45k. Saludos.