Qué sabrás tú lo que quiero yo o lo que chupo del estado o no por cuatro líneas que he escrito??Si quisiera chupar del estado te aseguro que no pregunto cómo tengo que declarar el piso
El año pasado en la declaración del 2020, me salió que hacienda me tenía que devolver 3297€. Este año al tener el piso alquilado por 430€ al mes (gastos de comunidad 40€/mes, IBI 369€, seguro piso 158€).¿Cómo me podría quedar? Es que una compañera de trabajo me ha dicho que varía poco que igual este año toca que me devuelvan 3200 pero yo creo que cambiará, a peor y bastante más. ¿Cómo lo veis?
Hola de nuevo.No sé cómo hacer la declaración de los días que el piso ha estado en alquiler porque es un poco lioso.El contrato es por 12 meses, 8 de los cuales pertenecen al año 2021 y el resto al 2022.Resulta que el inquilino estaba bastantes días fuera por lo que llegamos al acuerdo que esos días no me los pagaba y yo podía disponer del piso. Algunos de esos días no necesité el piso porque no vinieron familiares míos pero claro... No me acuerdo exactamente qué días o semanas fueron y el contrato fue hecho por un año.Tengo miedo de hacerlo mal y que hacienda me sancione porque me han dicho que las multas son terroríficas de hasta el 150% de lo no declarado. Entonces, no sé cómo ponerlo
Muchas gracias por la información.El caso es que el piso no está alquilado de continúo. Me refiero a que a lo mejor está dos semanas ocupado y una vacío o está 3 vacío y dos ocupado... Entonces no sé si eso se pone como alquiler de continúo , es decir, 12 meses o al ser así se pone menos. Vamos que se puede comprobar que es así por el consumo de luz y gas
La verdad es que no sé a qué se puede deber ya que llevo 13 años trabajando en lo mismo y no he obtenido ingresos diferentes a los habituales.Hoy he ido a un gestor y he salido bastante decepcionada. No sabía lo de la desgravación hasta los 10.000€ y cuando le he enseñado el papel impreso me ha dicho que no me preocupe que el próximo año también me lo voy a poder desgravar porque seguro que sube el IRPF 🤦♀️.Total, que me he salido sin hacer la declaración de la renta con ellos. Lo único que me han dicho que no sabía es que podía haber desgravado todos los electrodomésticos que compré para un piso que tengo en alquiler cosa que ya no puedo porque hice esas compras en 2020
Hola!!Te adjunto captura de pantalla de lo que he mirado en la declaración del 2017 a ver qué te parece.Mi madre en el 2017 tenía 74 años (nació 1943)así que el aumento del que me hablar si tuviera 75 años no va a poder ser.Creo que recordar que por aquellos entonces mi madre tenía dinero puesto renta fija no sé si eso podido influir.
Hola de nuevo, Bacalo.Estoy mirando las declaraciones de la renta anteriores y no tengo claro si en la del 2017 está metida mi madre ya que solo me devolvieron 2643,75€ y por ejemplo en los años posteriores fueron más de 4000€. Sé que se pueden reclamar los últimos 5 años ¿Estaría dentro la del 2017? ¿Cómo podría mirarlo? ¿En qué casilla es?.Muchas gracias
Lo primero darle las gracias por toda la información. Me está siendo muy útil y de gran ayuda.Exacto, esas son las cuantías que percibió mi madre en 2021 y las que está percibiendo en 2022.Le adjunto fotografía de la carta. Como puede ver cobra un complemento a mínimo este año de 339, 55€. Con lo cual teniendo en cuenta que hacen un total de 14 pagas serían 4753, 70€.Si me quitan ese complemento durante todo el año no sé hasta qué punto me sale a cuenta renunciar a él.Mi padre falleció hace 27 años con lo cual entiendo que le corresponde el 52%.Si amplianse el umbral de los 8000 € a lo mejor no es necesario renunciar a los complementos a mínimo no?pero es lo que dice, si no se le da sonoridad no creo que lo hagan . Es más, aún dándole sonoridad tengo dudas de que lo hagan
Y una cosa en la que estoy cayendo ahora es que ahora hacemos la declaración del 2021. En este año mi madre cobraba menos de 700 € con lo cual para la declaración del 2021 puedo desgravármela aún y para el 2022 estoy mirando si se puede renunciar a alguno de los complementos de la pensión de viudedad pero según he visto se puede solo en el caso de que vayas a cobrar otro tipo de pensión o subsidio. Es así? No puedo renunciar así porque así?