Carla Quinto
23/04/14 12:19
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IRPF Reducción por prolongación vida laboral
Buenos días, La reducción por prolongación de la actividad laboral es aplicable a los trabajadores activos mayores de 65 años que prolonguen la actividad laboral o estatutaria, es decir que obtengan rentas por su empleo por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica. Concretamente, el artículo 12 RIRPF establece la "Reducción por obtención de rendimientos netos del trabajo" en los siguientes términos: 1. Podrán aplicar el incremento en la reducción establecido en el artículo 20.2 a) de la Ley del Impuesto los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo como trabajadores activos, al haber continuado o prolongado su relación laboral o estatutaria una vez alcanzado los 65 años de edad. Esta reducción solo es aplicable en el caso que habiendo cumplido 65 años, hubieras trabajado al menos un día y solo durante los años que continues percibiendo rendimientos del trabajo. Saludos.