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Participaciones del usuario Aprendiendo2 - Seguros

Aprendiendo2 30/04/12 03:29
Ha respondido al tema seguro hogar atlantis
Lo que te hace Atlantis en el apartado K de las CCGG es establecer los muebles de la cocina como continente y asegurarlos bajo ese concepto pero esa definición de Atlantis NO VINCULA PARA NADA A MAPFRE ni a ninguna otra Entidad. Para la inmensa totalidad de aseguradoras serias los muebles de la cocina son contenido indiscutiblemente dado que así lo establecen la mayoria de condicionados salvo el de Atlantis claro que parece que va por libre. Una cosa puedes tener clara el de la comunidad de MAPFRE no te lo va a cubrir salvo (cosa que dudo muchísimo) asó lo reflejará en sus CCGG. En todo caso, gracias a esa definición de continente que establece Atlantis, tienes asegurados los muebles como continente y, en consecuencia, podrás rebajar la suma asegurada para contenido. SalU2´s
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Aprendiendo2 30/04/12 03:18
Ha respondido al tema Robo en la calle
Para contestar esta pregunta es FUNDAMENTAL conocer las condiciones generales de la póliza dado que este tipo de garantía, robo en el exterior, está muy delimitado y difiere enormemente de una Entidad aseguradora a otra. No debemos mezclar la definición jurídico penal del robo con los supuestos incluidos en una determinada garantía. Se precisan más datos. SalU2´s
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Aprendiendo2 30/04/12 03:05
Ha respondido al tema Período de gracia en última prima seguro de vida
Efectivamente, como bien dices, vencido el periodo, la cobertura se suspende TRANSCURRIDO UN MES, de ahí el nombre popular de "mes de gracia". Transcurrido ese mes la aseguradora dispone de cinco meses más para reclamar la prima o rescindir el contrato y si no lo hace el seguro queda extinguido automáticamente por imperio de la ley, es decir, 1 + 5, a los seis meses del vencimiento. Reitero lo expuesto por el compañero, durante el mes siguiente al vencimiento el seguro SE ENCUENTRA EN VIGOR a tenor del Art.15 LCS y queda en suspenso transcurrido ese mes, valga la expresión, extra. Por tanto, si en el primer seguro la aseguradora no comunicó fehacientemente, por escrito y con DOS MESES de antelación su voluntad de no renovación el "siniestro", es decir, el fallecimiento, se encuentra dentro de cobertura. Todo ello, sin perjuicio, de la obligación de pago de la prima que no habéis abonado. Respecto al segundo seguro, como bien apunta el compañero, te puedo casi asegurar, que estas ante un fraccionamiento de prima para facilitar su pago. Por tanto, debes mirar el periodo de cobertura de la anulidad (lo que pone el recibo solo es el trimestre que te están cobrando pero no es el periodo de cobertura anual). La prima de los seguros es única e indivisible, si bien, las aseguradoras dan la facilidad para su pago fraccionándolas pero se devenga el 100% el primer día. De ahí que en el seguro del Banco deberás pagar el 100% de la prima de la siguiente anualidad y no solo los días que tu madre sobrevivió. Un salU2
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Aprendiendo2 25/04/12 00:14
Ha respondido al tema Anulación seguro de coche
Artículo 15. Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza. Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación. En caso de falta de pago de unas de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima se entenderá que el contrato queda extinguido. En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato este suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso. A ver si así queda más claro, A LOS SEIS MESES DEL IMPAGO DE LA PRIMA SUCESIVA A LA CALLE... no hay nada que notificar, como se dice, la anulación es por IMPERIO DE LA LEY. Es más la póliza está suspendida al mes del impago así que tu mismo... sigue yendo así y cuando tengas un siniestro el Consorcio pague y te repercuta lo pagado verás como estarás más atento a TUS OBLIGACIONES. Salu2´s
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Aprendiendo2 25/04/12 00:02
Ha respondido al tema Robo, Hurto o negligencia
Condicionado de MAPFRE: Art.34: La Aseguradora no estará obligada a indemnizar los efectos del siniestro cuando éste se haya producido por negligencia grave del tomador del seguro, del propietario o del conductor del vehículo asegurado, que manifiestamente haya propiciado la sustracción, ni cuando ésta haya sido cometida por los familiares que convivan con dichas personas o por los dependientes o asalariados de éstas. Parece evidente que dejarse las llaves puesta entra de lleno en este artículo, no??? Ahora podremos discutir si es una cláusula delimitadora del riesto o limitativa de derechos pero la clausula estar está.
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Aprendiendo2 23/04/12 20:17
Ha respondido al tema Reclamar abono de gastos jurídicos
Mas claro agua Comol. Totalmente de acuerdo. Este foro no es para alabar las bondades, según Juanpablonm, de los mediadores. Te puedo asegurar que a la aseguradora tú póliza que él infravalora de 400 euros SÍ le importa. Hablo con conocimiento de causa. En todo caso, te indico que ojo con la limitación de la cobertura de defensa jdca que es una cláusula delimitadora del riesgo asegurado y será el máximo que pagará tu cia.
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Aprendiendo2 23/04/12 20:08
Ha respondido al tema Siniestro total coche, cómo agilizar?
Vayamos por partes. Estamos ante una póliza de reclamación de daños y defensa jdca. (Africa no es culpable) luego, como bien dice, Emmamani, su aseguradora NO DEBE PAGAR NADA. Ahora bien, en virtud de los convenios de indemnización directa su aseguradora perita y realiza ofrecimiento EN NOMBRE DE LA CULPABLE. Si no está de acuerdo con el ofrecimiento lo único que puede hacer es REPARAR A SU COSTA y entablar acciones judiciales contra la cia CONTRARIA que es la responsable del siniestro. Yo en su situación, si realmente su coche merece la pena y la reparación no es desproporcionada, repararía e informaría a mi aseguradora de ello aportándole copia de la factura e instándole a u su reembolso. Es probable, repito, si realmente su coche merece la pena y la reparación no es desproporcionada, que aumenten la ofertan y reembolsen el dinero. Si su aseguradora no acepta lo único que podrás hacer es iniciar acciones legales CONTRA LA ASEGURADORA DEL CULPABLE y rezar que el juez no estime desproporcionada la reparación
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