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Alvaro TJ 28/02/16 12:10
Ha respondido al tema ¿Es decisión acertada renovar depósito con la entidad Novobanco?
Hola El nolano. La normativa, tal y como explica el Banco de España (http://www.bde.es/clientebanca/es/areas/Productos_Bancar/Cambios_de_moned/Transferencias/Que_es_una_trans/Plazos/), es clara: Cuando se trate de operaciones en euros y tanto la entidad del ordenante como la del beneficiario estén en la Unión Europea, la entidad del ordenante, tras recibir dicha orden, se asegurará de que el importe transferido es abonado en la cuenta de la entidad del beneficiario, como máximo, al final del día hábil siguiente. Un saludo.
Alvaro TJ 27/02/16 22:06
Ha respondido al tema Declaració complementaria IRPF
El problema es que la cantidad que abona FOGASA es un importe "neto teórico", ya que las cantidades adeudadas que se le informan cuando se presenta un expediente son netas, descontadas las retenciones de IRPF y cotizaciones de la SS que debieron ser practicadas por el empresario. Pero luego resulta ser un "bruto en la práctica", porque cuando posteriormente ese importe es reflejado en la declaración de la renta e incrementa las retribuciones globales percibidas, podría volver a tributar, ya que no se le permite reflejar las partidas de retenciones de IRPF y cotizaciones de la SS que estaban asociadas a los salarios originales. Recuerdo que de esto último el único responsable es el empresario. Y si en efecto se produce esa tributación, se habrán acumulado dos tributaciones. Espero que se entienda. ¿Podría ocurrir que el empresario ni abonase los salarios al empleado y tampoco cumpliese con su obligación de realizar los ingresos correspondientes a esas retenciones y cotizaciones? Sí. Es el escenario que ha descrito Mariete A en la respuesta #10. Pero el empresario sigue siendo el único responsable de lo último y desde las administraciones debieran perseguirlo (como tú comentas, batiscafo, podría ser competencia de FOGASA, que creo que no lo es ahora mismo). Y por otro lado, puede darse el caso de que el empleado compruebe en sus datos fiscales de la Agencia Tributaria y cotizaciones de la Seguridad Social que sí se realizaron los ingresos, por lo que lo único que no terminó haciendo el empresario fue el abono de sus nóminas. Pero ni siquiera en este último escenario consigo encontrar base legal para defenderlo ante terceros. He leído razonamientos según los cuales el empresario no debió realizar los ingresos al no hacer efectivo el abono de las nóminas al empleado. Y yo no he visto que FOGASA informe en las resoluciones de sus expedientes ninguna circunstancia sobre si el empresario estaba al día de sus obligaciones. Creo que ellos simplemente cogen las cantidades (netas) informadas, le aplican sus límites, y proceden al abono. Una solución podría ser que FOGASA y Agencia Tributaria compartieran unos criterios consistentes. Mariete A comenta en #21 cómo en dos llamadas a la AEAT recibió indicaciones diferentes sobre si podía incluir o no importes de retenciones y cotizaciones a la SS. Como suele decirse, según mi modesta opinión y a la espera de que alguien corrija alguno de mis razonamientos, que seguramente malinteprete algo o haya pasado por alto cierta reglamentación que desconozco. Un saludo.
Alvaro TJ 11/11/15 19:25
Ha respondido al tema Ley de Protección de Datos - BBVA
Hola infocusdc. ¿Hay alguna novedad? ¿Has vuelto a intentar realizar el alta? Es interesante lo que comenta aquí encima el usuario Defensor. Aparentemente el borrado de datos es con "efectos inmediatos". Un saludo.
Alvaro TJ 31/10/15 21:38
Ha respondido al tema Ley de Protección de Datos - BBVA
Lo que sí he encontrado es el plazo de 10 días que se establece en el derecho de cancelación, tal y como recoge la normativa de la AGPD. El banco deberá notificarte de manera escrita el resultado de la cancelación practicada. Coméntanos entonces qué te responden. Esperemos que sea favorable. La promoción del Plan Conecta finaliza el 31 de diciembre, por lo que sería necesario que esa cancelación sea con "efectos inmediatos", para asegurar que llegas a tiempo. Un saludo.
Alvaro TJ 31/10/15 21:19
Ha respondido al tema Ley de Protección de Datos - BBVA
Hola infocusdc. Estoy revisado un documento de BBVA entregado hace unos meses a un familiar con motivo de la Ley 10/2010. Aparece lo siguiente: B. Utilización por BBVA de la información de sus Clientes tras finalizar la relación contractual. Los datos personales de los Clientes de BBVA podrán ser utilizados por el Banco, una vez finalizada la relación contractual, o la operación en la que se proporcionaron, durante el plazo de dos años, para fines de publicidad y acciones comerciales del apartado 2.A.2., si Usted tiene vigente algún otro contrato con BBVA. Extinguidas todas las relaciones contractuales con el Banco dichos datos sólo se podrán utilizar durante el plazo citado de dos años para las finalidades previstas en los puntos 4 y 5 del apartado 2.A.2 de este documento relativo a publicidad y acciones comerciales. No he visto ninguna referencia a un plazo de 18 meses, que es el que te han indicado a ti tras el cual sus sistemas borran la información de los que han dejado de ser clientes. Un saludo.
Alvaro TJ 18/09/15 12:54
Ha respondido al tema Empresa mensajeria enovanca
He buscado por casualidad y he localizado éste: 916 602 441 (http://wiki.nmn900.net/ChronoExpr%C3%A9s) Que conste que yo no lo he probado. Pero si te puede servir, ahí lo tienes. Un saludo.
Alvaro TJ 09/08/15 00:16
Ha respondido al tema Cambio plan de pensiones y pérdida de capital - ¿Estafa?
Buenas noches Rankian@s. Muy interesante (por lo educativo para el resto de personas) el tema planteado por Osopolar. Y cuando stalky y Aprendiz07 han mencionado la opción del PPA, Plan de Previsión Asegurado, he visto una nueva posibilidad en una cuestión que recientemente plantée en este mismo foro (http://www.rankia.com/foros/fondos-inversion/temas/2860242-vencimiento-pp-bbva-protegido-2015-ppi-que-opcion-escoger). El PP "BBVA Protegido 2015 PPI" (escala 1/7 de riesgo de inversión) ha finalizado a fecha 31 de julio. Se trataba de un Plan de Pensiones Garantizado. Por defecto, si el cliente no indica nada, sus derechos son traspasados a "BBVA Plan Liquiedez, PPI", un PP no garantizado de tipo monetario (integrado en "BBVA Mercado Monetario, F.P."), con escala de riesgo 2/7. Al parecer, BBVA no tiene actualmente un PP Garantizado de características similares al que podrían haber traspasado por defecto los derechos desde el "BBVA Protegido 2015 PPI", pero con el dato ahora conocido de los PPA, no entiendo por qué no se ha propuesto una posibilidad así, que estoy seguro que presentará una escala 1/7, y no dar el salto al 2/7 como lo que ha ocurrido. Por lo que estoy viendo, los traspasos entre PP y PPA son posibles ambos sentidos, por lo que considero (cierto es que no dispongo ahora mismo más datos) que el banco se podia haber decantado, en su opcion por defecto, por un producto más conservador que asegure al menos el 100% del capital de los clientes (lo mismo que pedía la madre de Osopolar), especialmente cuando se parte de un PP Garantizado. Asumo que un PP reporta más beneficios a la entidad que un PPA. ¿Estoy en lo cierto?
Alvaro TJ 08/08/15 20:21
Ha respondido al tema Cuenta 360º Caja Mar - Cuenta i de Cajamar
Si lo he interpretado bien, añadiría como puntos negativos (dependiendo del cliente) que no admiten autotransferencias para cumplir el requisito de una de las condiciones de vinculación básicas, que las transferencias mensuales gratuitas están limitadas a 5 y que la comisión trimestral de la tarjeta de crédito es de 7,50 euros (si no se cumplen las condiciones de bonificación). Si quieren compararse con la 123 del Santander, podrían poner un simulador o un comparador, porque con tantos requisitos y gastos asociados, la rentabilidad real final es difícil de calcularla.
Alvaro TJ 01/08/15 13:12
Ha respondido al tema El programa QSTB del Santander NO desaparece!....al loro....
Para complementar el comentario de astreo, este es el link directo del documento: https://infoproductos.bancosantander.es/cssa/Satellite?pagename=SantanderComercial/DocumentoGS/DocumentoGSPreview&cid=1358032639762&c=DocumentoGS
Alvaro TJ 29/07/15 01:59
Ha respondido al tema Cancelar deposito recién firmado
Revisa en las condiciones generales o particulares del depósito una cláusula sobre el "derecho de desistimiento", con un plazo de 14 días. En el siguiente enlace comentaron hace unos meses: http://www.rankia.com/foros/consumo/temas/2414857-plazo-prueba-productos-contratados