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Participaciones del usuario Alcoriza - Fiscalidad

Alcoriza 15/02/10 13:08
Ha respondido al tema Nuda propiedad
En el Art.504 y siguientes del Código Civil se regulan los derechos y obligaciones del usufructuario y del nudo propietario. Artículo 500. El usufructuario está obligado a hacer las reparaciones ordinarias que necesiten las cosas dadas en usufructo. Se considerarán ordinarias las que exijan los deterioros o desperfectos que procedan del uso natural de las cosas y sean indispensables para su conservación. Si no las hiciere después de requerido por el propietario, podrá éste hacerlas por sí mismo a costa del usufructuario. Artículo 501. Las reparaciones extraordinarias serán de cuenta del propietario. El usufructuario está obligado a darle aviso cuando fuere urgente la necesidad de hacerlas. Entiendo que ha de pagarlas el usufructuario, puesto que es conservación natural de la cosa dada en usufructo y es quien usa y disfruta de la vivienda. No obstante cualquier acuerdo privado es válido, siempre que no vaya contra ley, costumbre o principio general del derecho. Saludos
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Alcoriza 10/02/10 17:42
Ha respondido al tema Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Navarra
En el derecho sucesorio navarro hay libertad de testar. El que hace testamento en Navarra puede dejar sus bienes a quien quiera; lo que se hace es apartarlos de la herencia a través de la legítima foral navarra. Saludos
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