Dejando a los bogados al lado, lo que qui importa es la reclmación.Por tanto debes seugir estos pasos1º Solicitar al administrador o al presidente de la finca en su caso, copia integra del seguro tanto condiciones generales como particulares,2º.- Una vez verificada la póliza, reclamar a dicho seguro, que se pongan a reparar los daños de TU vivienda como afectada por el incendio.3º verificar la existencia de oras garantias que puedan influir.si me envias copia de la póliza te podré ayudar. ya que entiendo que la comunidad no puede reclamarte nada.no vendo seguro.si quieres ponme en privado tu telefono y te lo explico mejor
Esos no son La Ley. Esos son los jueces.Tambien tuve un juicio que condenaron a la aseguradora sin tener la garantia contratada.Pero los jueces son así.
La ley es clara:Compensación entre Continente y Contenido.Nada dice de compensación entre contenidos e, incluso, muchas cias excluían en su redactado, a las existencias en la compensación.Por otro lado, debo decir que SI he compensado, muy a mi pesar, Ajuar y Existencias