Gracias por vuestras respuestas.Pero tengo una duda. En el condicionado de la póliza se alude al "Defensor del cliente" y por otro lado he vistof que existe la figura del "Defensor del asegurado".Son figuras idénticas o tienen funciones diferentes. Hay que reclamar primero a una y luego a la otra?
Hola. Antes que nada agradeceros las respuestas.
Ya tenemos la solución a mi problema. Efectivamente tienen razón los que afirmaban que el rescate sólo es posible a partir del 1 enero del 2025 por los argumentos que algunos habéis manifestado del plazo de 10 años. Así me han contestado en el departamento correspondiente de la Caixa. Saludos