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IT fijo discontinuo y fin de campaña.

12 respuestas
IT fijo discontinuo y fin de campaña.
IT fijo discontinuo y fin de campaña.
#1

IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Hola, si un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal  derivada de contingencias comunes, se acaba la campaña y continúa en IT.
Que cuantía de prestación le corresponde?
1- 75% de la base reguladora de los 3 últimos meses trabajados.
2- La misma cantidad  que le corresponda por prestación contributiva.
   Tengo entendido q a partir del 1 de noviembre será la opción 2, pero y hasta ahora?
Gracias.
#2

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Hasta donde yo sé no cambia nada en las prestaciones por IT el 1 de noviembre.
Cuando una persona en situación de IT queda en situación legal de desempleo pasa a cobrar el importe que le hubiera correspondido de prestación por desempleo, aunque le pagará el INSS.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#4

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Y aquí, mutua balear dice, a partir del 1 de noviembre los fijos discontinuos que este en IT y finalice la campaña o llamamiento cobrarán lo mismo q les corresponda por prestación contributiva.
  Adjunto está el párrafo del BOE donde sale publicado. https://www.mutuabalear.es/es/it-fijos-discontinuos
#5

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

HMe he puesto en contacto con mutua de navarra, me dicen que hasta el 1 de noviembre los fijos discontinuos que finalicen campaña y estén en IT por enfermedad común, cobran el 75% de la base de cotización y a partir del 1 d noviembre cobran la misma cantidad q aquella q corresponda por prestacion contributiva(paro).
  
#6

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Hoy he tenido una consulta telefónica con la seguridad social, me dicen que el próximo 1 de noviembre no cambia nada al respecto...
Como es posible que el BOE publique una cosa y la seguridad social diga lo contrario???

#7

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

¿En que artículo del RDL 2/2024 habla de este cambio?, yo tampoco he visto ningún cambio en lo publicado, como ya dije anteriormente, pero no soy un experto en IT.
Si Seguridad Social tampoco lo ve ya es algo más fiable que mi sola apreciación.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#9

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Normal que se me haya pasado, en el RDL 2/2024 solo dice que se modifica el articulo 283 para añadir el punto 3 y ademas es un artículo del capitulo de prestaciones por desempleo no del de incapacidad temporal.
Tengo que darle la razón y a las mutuas, a partir del 1 de noviembre pasarán a pagar lo que correspondería de desempleo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#10

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Es una modificación muy importante que apenas se ve...
  Insisto , hoy la seguridad social me ha dicho que no cambia nada, viendo esto, debería de cambiar!!
Gracias Fran.
#11

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Espero que dicha modificación no tenga carácter retroactivo.
   
#12

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

No sé puede aplicar con efectos retroactivos.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#13

Re: IT fijo discontinuo y fin de campaña.

Y siendo así la nueva norma. 
   Supongamos q un trabajador con contrato fijo discontinuo està en IT  por contingencias comunes y finaliza campaña el 24 de octubre, cobrará el 75 % de su base de cotización desde el día 21 de la baja. 
Empieza campaña el 1 de mayo lo llama la empresa y sigue en IT, la empresa lo da de alta y cotiza por el. Acaba campaña el 24 de octubre y sigue en IT, la empresa comunica fin de actividad.
  Que cobraría en este caso, la norma anterior a 1 de noviembre o la posterior?