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Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

3 respuestas
Dinero en efectivo en el banco - Subsidio
Dinero en efectivo en el banco - Subsidio
#1

Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

Hola. 
Estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años y tengo un dinero en una cuenta en el banco. Si lo deposito en una cuenta que me remunera al 1,5 %. En el momento en que el SEPE calcule mis rentas cual dato tomaría, 1, 5 % o sería el 3,25 % como rendimiento presunto? 
El dinero en cuenta corriente cuenta todo hasta el último céntimo para el cálculo de las rentas imputadas o hay algún mínimo exento pues hay que tener algo en cuenta para ir pagando los recibos? 
Muchas gracias. 
#2

Re: Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

El art.7 del RD 625/1985 dice lo siguiente :

La "instrucción de rentas y responsabilidades familiares" del SEPE dicen lo siguiente en cuanto a los rendimientos presuntos :

Este caso se ha comentado en este foro en multitud de ocasiones,  observo que en las oficinas del SEPE tampoco se ponen de acuerdo

Mi opinión es bien sabida:  los saldos en una cuenta corriente es un bien de patrimonio al cual la entidad depositaria (banco o caja de ahorros) le computa el rendimiento mensual efectivo,  por lo que según la ley y normas anteriores,  no cabe aplicar el rendimiento presunto.
Pero mi opinión no sirve, ni siquiera la del SEPE;  la que vale finalmente es la de la jurisdicción social (un juez o tribunal)

Si no quieren perder el tiempo en reclamar o en pleitear en un juzgado contra el SEPE por este tema,  lo mejor que se puede hacer es DESVIAR el dinero a cuentas remuneradas;  por ejemplo ésta  (hay muchas):



Con ello se consigue no perder mas el tiempo en este asunto,  que como dije antes,  ni el propio SEPE se pone de acuerdo.


#3

Re: Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

Hola , justo el otro día realicé una consulta en el sepe sobre los rescates de fondos de inversión,  de pensiones e intereses por el capital mobiliario. Las cantidades percibidas brutas , por los intereses , plusvalía fondos , a efectos del límite de los 850 euros mes  para el 2024 se computa anualmente,  aunque se cobre una o varias veces al año. 
#4

Re: Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

Eso no es lo que dice la Ley General de la Seguridad Social, ni el RD 625/1985 ni las propias instrucciones del SEPE.
Las rentas se deben calcular mensualmente y no es lo mismo que una renta sea periódica que se imputa la prorrata mensual, a que sea un pago único que se divide entre 12.
Lo único que está bien en esa información es que las rentas se calculan en bruto.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos