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DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

9 respuestas
DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud
DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud
#1

DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

 
Hola¡ Tenía una consulta sobre una situación, que no sé si tiene algún problema para solicitar la ayuda de los 52 años. Planteo la situación: 

Persona en paro hasta noviembre con más de 52 años. 

Ingresos de 750 euros de un alquiler, y varios depósitos. En cuanto a los depósitos van a finalizar dos en noviembre(beneficios por ejemplo de 5000 euros en el año), y va a quedar uno de un 0,95% de 50000 euros durante un año más. 

Por ello, a partir de noviembre los ingresos que va a tener serían 750 euros más 39,6 euros mensuales del depósito que le queda, lo cual quedaría por debajo del ingreso máximo que limita el acceso. (dejando el resto del dinero en banco a interés 0%) 

Mi pregunta es: 

Al pedir la ayuda en diciembre/ enero (al tener que esperar un mes), en ese momento los ingresos cumplen, pero durante el año estarían por encima. Cómo se puede justificar esa situación, porque si miran la declaración de la renta de ese año verán que se pasa en el año. 

Pueden poner algún problema por haber tenido depósitos durante ese año y que no se estén renovando, aunque en el momento de solicitarla ya sólo quede uno? 

El depósito que queda, aunque tenga liquidaciones trimestrales, sería algún problema? Porque en el mes de la liquidación si supera el máximo mensual, aunque el anual no. 

 

Gracias por las respuestas. 
#2

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

La carencia de rentas debe calcularse MES a MES (olvide los cálculos anuales)

La plusvalía de los depósitos hay que prorratearlas mensualmente entre la duración del mismo.

Este caso en concreto es de alto riesgo ya que está muy cerca de los 810 euros.
Y remarco lo de "alto riesgo" porque cualquier pequeño ingreso mensual o intereses de esos depósitos pasados por alto y que haga superar los límites sin comunicar,  el SEPE lo suele detectar pasados varios meses -incluso mas de un año- ,  y esto supone la extinción del subsidio y devolución de todo lo percibido desde esa fecha.

Es el perceptor quien tiene la obligación de comunicar al SEPE cualquier situación determinante que suponga la suspensión del subsidio. En el SEPE son bastante implacables con este asunto. 
Si detectan y le informa de que algún mes (aunque sea solo uno) no comunicó el superar el límite,  será para extinguirle la prestación y le exigirá reintegro de prestaciones indebidas. 

Cuando lo solicite le aconsejo lo haga de manera presencial en oficina y aporte  toda la documentación de sus ingresos por pequeños que sean (contrato de arrendamiento,  contrato depósitos, etc)  
Aclare lo máximo posible antes de solicitarlo. 

Saludos.

#3

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

Muy importante aportar la documentación que aclare que ya solo hay un depósito y cual ha sido el destino del dinero que había en el otro depósito. Si puede certificado del banco de los intereses del depósito.
La realidad es una, conseguir demostrarla y que el SEPE lo considere "demostrado" será otra aventura y es que las instrucciones del SEPE dicen que se tome lo que venga en la declaración de renta, salvo prueba en contrario.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#4

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

Buenos días. Estoy cobrando el subsidio de mayores de 52. He cobrado una herencia y me lo han suspendido por un mes. El próximo mes me recalcularan los ingresos y al no pasar de 810 euros mensuales me lo volverán a dar. Dos preguntas. Tengo que volver a solicitar el subsidio o al no pasar de las rentas mensuales  me lo reanuda el SEPE automáticamente?. Y cuándo tenga qué hacer el DAR , será desde qué pasó un año desde qué me lo concedieron o será desde qué pasó un año desde cuándo me lo renovaron?, Gracias.
#5

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

Siempre que haya una suspensión, debe solicitar su reactivación. En la situación que describe, la próxima DAR debe formalizarla pasado un año desde que el subsidio fue renovado.
Saludos cordiales.
#6

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

Buenas tardes. 
Si se tiene en cuenta la declaración de la renta, sería la del año que se solicita (que habría que esperar al siguiente año para tenerla), o miran la del año anterior?

Y luego, si no te la quieren dar, porque en la declaración aparecen esos depósitos, y no se quieren dar por enterados que ya no están en vigor, entiendo que se puede reclamar judicialmente, no?, o que habrá algún medio de reclamación para que se revise.

Gracias
#7

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

La del año anterior, pero te piden que le digas lis ingresos que tienes actualmente que a su vez dentro de un año comprobaran con el irpf de este año
#8

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

En relacion a los intereses bancarios por depositos, se calcula el total anual y se divide entre 12, correspondiendole a cada mes el prorrateado
#9

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

Veamos;
la “carencia de rentas”;   para cumplir con este requisito en el subsidio para mayores de 52 años hay que cumplirla el mes antes al de la solicitud y durante la percepción del mismo. Lo que percibió antes de esa fecha nunca debe tenerse en cuenta. 
Eso de que se lo denieguen con la declaración de la renta y tal no tiene ninguna base lógica ni legal.
Si está disconforme en caso de denegación,  puede demandar judicialmente,  si bien antes es obligatorio agotar la vía administrativa con la reclamación previa correspondiente.


#10

Re: DUDA sobre el subsidio de los 52 años - posible problema en la solicitud

Tenga o no tenga sentido, hay bastantes casos en los que el SEPE ha denegado un subsidio por los ingresos que aparecen en la declaración de renta. Puede pasar.
Si pasa, hay que hacer la reclamación previa argumentando que esos ingresos son superiores a los actuales y aportando toda la documentación que se pueda. Y si aun así lo siguen denegando, habría que ir a los tribunales.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos