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Incapacidad Permanente VS Pensión de Jubilación - Incapacidad Permanente Total
Buenas noches.
Abro este hilo, para ver si alguien puede aclararme una duda. Sé que cuando se está incapacitado deja de cotizarse a la Seguridad Social, y que cuando llega el momento de la jubilación, se puede elegir la opción más favorable, entre esta última y la incapacidad reconocida.
Lo que pretendo conocer es, si a la hora del cálculo de la pensión de jubilación, se tienen en cuenta los últimos 25 años, desde la propia fecha de jubilación hacia atrás (con lo que se tomaría el tiempo sin cotizar de la incapacidad como lagunas de cotización), o esos 25 años hacia atrás comienzan a contar desde la fecha de la incapacitación.
Por ejemplo y con números redondos, se incapacita a alguien en 2020 y dicha persona se jubilaría en 2025.
- Opción A - Se toman las bases de cotización desde el año 2000 y hasta 2025 (con los últimos 5 años de lagunas de cotización).
- Opción B - Se toman las bases de cotización desde el año 1995 y hasta 2020 (año en que se recibió la incapacidad total).
Si alguien puede aclararme esa duda, porque estoy echando números y no quisiera equivocarme. Muchas gracias por vuestra ayuda.
Abro este hilo, para ver si alguien puede aclararme una duda. Sé que cuando se está incapacitado deja de cotizarse a la Seguridad Social, y que cuando llega el momento de la jubilación, se puede elegir la opción más favorable, entre esta última y la incapacidad reconocida.
Lo que pretendo conocer es, si a la hora del cálculo de la pensión de jubilación, se tienen en cuenta los últimos 25 años, desde la propia fecha de jubilación hacia atrás (con lo que se tomaría el tiempo sin cotizar de la incapacidad como lagunas de cotización), o esos 25 años hacia atrás comienzan a contar desde la fecha de la incapacitación.
Por ejemplo y con números redondos, se incapacita a alguien en 2020 y dicha persona se jubilaría en 2025.
- Opción A - Se toman las bases de cotización desde el año 2000 y hasta 2025 (con los últimos 5 años de lagunas de cotización).
- Opción B - Se toman las bases de cotización desde el año 1995 y hasta 2020 (año en que se recibió la incapacidad total).
Si alguien puede aclararme esa duda, porque estoy echando números y no quisiera equivocarme. Muchas gracias por vuestra ayuda.