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Subsidio y herencia
Hola a todos.
He tenido hoy una discusión por un caso real sobre un perceptor de un subsidio (en este caso, +52 años)y os lo planteo, a ver qué opináis :
- Perceptor subsidio mayores 52 años.
- Acepta herencia en escritura pública. Los bienes son 25.000 euros en una cuenta corriente y una vivienda con un valor de referencia a efecto del Impuesto de Sucesiones de 80.000 euros.
3. El perceptor comunica al SEPE la aceptación de la herencia, y le suspenden el subsidio por un mes. Al mes siguiente, reanuda el subsidio y sigue percibiéndolo normalmente.
4. En unos días venderá la vivienda heredada. El importe de la venta es inferior a los 80.000 euros que se valoró en la transmisión mortis-causa; por lo que a efectos fiscales no existe ganancia patrimonial.
4. En unos días venderá la vivienda heredada. El importe de la venta es inferior a los 80.000 euros que se valoró en la transmisión mortis-causa; por lo que a efectos fiscales no existe ganancia patrimonial.
La discusión que se plantea es si la venta de esta vivienda supone una segunda suspensión del subsidio.
Mi opinión es que NO, y me baso en que si bien hay una sentencia del TS que la suspensión se produce cuando se vende el bien heredado y no cuando se acepta la herencia, en este caso incurren dos hechos principales a tener en cuenta : la primera es que estos dos bienes (dinero+vivienda) ya han sido computados en la primera suspensión, y segundo es que no existe ninguna ganancia patrimonial (recordemos que esta persona va a vender por debajo del precio del valor heredado y reflejado en el impuesto de sucesiones) Lógicamente, tampoco tributará nada por IRPF.
Le he aconsejado que comunique al SEPE la venta, pero que NO debería suponer una segunda suspensión del subsidio.
Saludos.