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Gastos medicos

6 respuestas
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#1

Gastos medicos

Hola a todos. A ver si me podéis echar una mano!!!
Yo trabajo en la sanidad pública, concretamente en un departamento, donde solemos facturar todas aquellas contingencias que no están cubiertas por el sistema sanitario público ,en las que haya un tercero responsable, al que corresponda hacerse cargo de los costos sanitarios derivados de las mismas. Las dudas me surgen con el tema de la responsabilidad civil. Cuando me llegan casos en los que se atiende a personas que , por ejemplo, sufren una caída en un estableciminto, y son asistidas en nuestros centros de salud, luego, al ponerme en contacto con dichos establecimientos, son muchísimas las pegas cuando les pido que me den los datos del seguro de responsabilidad civil que tienen, para pasarles la factura de los gastos derivados de las asistencias sanitarias. En uno de estos establecimientos recuerdo que me dijeron que primero le pasara la factura a la persona asistida, y que luego esta persona reclamara dichos gastos en el establecimiento. Después ellos, si hubiera por ejemplo, un informe médico que diera la razón a la persona asistida, estimarían si esta persona tenía o no razón y en caso afirmativo, le devolverían el dinero. Pero vamos!! me pongo yo en el lugar de la pesona asistida, y si encima de caerme y de hacerme algo más o menos gordo...si luego, me llega una factura del centro de salud, cobrándome dichos gastos, para que yo los reclame en el establecimiento y luego, ellos pueda o no devolvérmelos...pues me planto en el centro de salud y monto un "pollo" que vamos!!!.
El caso es que resulta realmente difícil cobrar estas facturas. Algunas personas me han comentado que si no hay una denuncia por parte de la persona asistida, no hay nada que hacer. ¿Esto es así?, ¿ante quién habría que poner esta denuncia?...además, me imagino que luego vendrá un juicio, y la persona tendrá que contratar un abogado (aunque también hay abogados de oficio), con todos los gastos que esto supone...Emitir la factura a cargo de la persona asistida para que luego esta pueda reclamar estos gastos vía judicial ¿es la única manera que tiene el servicio público de salud de cobrar estos gastos sanitarios a los seguros de responsabildad civil? y si en el juicio no le dan la razón...podría salir perdiendo mucho ¿no?
Espero, "ansiosamente" vuestras respuestas y muchas gracias de antemano.

#2

Re: Gastos medicos

Estimada Baderkup:

Has escrito muchas cosas y no todas son ciertas en principio.

La sanidad pública deberá facturarle, si es que procede, a quien recibe el servicio y esta última debera reclamar a quien ella considere como culpable de los hechos.

La sanidad pública, no puede facturarle directamente al centro comercial, porque el C.C., puede no tener constancia de lo que ha ocurrido y por tanto no tiene porque abonar nada de nada. Y si no le puedes facturar al CC pues ya me diras a su aseguradora.

La responsabilidad civil (RC), no es la que tu o ella indiqueis que es. La RC la determina un Juez y solo él puede decidir si existe o no existe responsabilidad, ante alguna duda.

Si la Sra. se cae dentro del C.C., debe ser diligente y lo primero es presentar una queja, denuncia, o solicitar hoja de reclamaciones para dejar constancia del accidente. Si no realiza estos pasos previos, como tu comprenderás es la palabra de unos contra otros.

Si la cosa está clara, las aseguradoras no suelen poner pegas ninguna, pero si mi cliente (C.C.) ya me adelanta que no existe ninguna reclamación ni constancia del accidente, como tu comprenderás no voy a autorizar ni un solo duro de indemnización.

Para tu información, cada día existe un mayor nivel de fraudes sobre accidentes ocurridos dentro de centros comerciales, cuando en realidad se han caido en su casa o en el parque.

Y aún cuando la caida se realice dentro del C.C., no siempre existe responsabilidad por parte de dicho centro. Esto no es America.

Espero que te haya aclarado algo tu problema, pero lo tienes muy feo si pretender cobrar de una aseguradora directamente.

Aprovecho el tema, para que le digas a tus jefes que ofrezco mis servicios para el cobro de dichas facturas, emitiendote un informe pericial de reclamación al C.C. si es que procede.

Un saludo.

#3

Re: Gastos medicos

Con la respuesta de Acrasol, más claro, agua. El afectado es quien debe proceder a la reclamación pertinente a la propiedad del local y esta lo derivará a su seguro para que realicen las gestiones oportunas. Mi consejo es, en estos casos, que no te involucres demasiado con los afectados, pues los hay de todos los tipos (también estafadores). En todo caso diles que se busquen un asesor legal, el sistema funciona así, que no hay otra. Si te mojas puedes salir muy escaldado por tu buena voluntad.

Recuerda que no trabajas para una ONG. Tienes que dar de comer a los abogados también :-) .

Un Saludo

#4

Re: Gastos medicos

Muchas gracias por vuestras respuestas. Me habéis ayudado mucho...Al final, va a resultar que los abogados no son tan "malos" como dicen, je, je...No, de verdad!Habéis aclarado mucho mis dudas. Gracias otra vez.

#5

Re: Gastos medicos

Ah por cierto, se me olvidaba, sin involucrarte demasiado les puedes decir que antes de gastarse dinero en consultas que miren si en su poliza de hogar (los que la tengan) tienen asistencia jurídica y reclamaciones por daños(pero que lo miren en su casa y pregunten a su agente/corredor/banco que si no te la traeran para que tu lo mires, jejeje)

#6

Re: Gastos medicos

Coincido al 100% con lo que apunta Acrasol.

Pero me parecía aclaratorio realizar dos apuntes adicionales:
- de acuerdo con el art 76 de la Ley de Contrato de Seguro el Centro Comercial viene obligado (es una Ley de caracter imperativo, no discrecional) a facilitar al presunto perjudicado identificación del asegurador e, incluso, copia de la póliza (en la Ley se habla del contenido de la misma). Por tanto el CC hará muy bien cumpliendo sus obligaciones y más aún en estos tiempos 2.0 donde una queja en redes sociales te tira la reputación por los suelos.
- efectivamente hay que discriminar lo que es un mero accidente (en ocasiones provocado por la propia víctima por falta de atención, prisas, o mal uso de las instalaciones) de un daño causado mediando culpa (hacer algo que lo causa) o negligencia (no hacer algo que lo habría evitado) por parte del titular de la explotación o las instalaciones. Es muy importante que exista el nexo causal entre el actitud del CC y el daño pues de lo contrario estaremos ante un mero accidente.

No os corresponde a vosotros decidir si se trata de lo uno o de lo otro. Si tenéis alguna duda facturad a quien es vuestro "cliente": la víctima, para que esta recobre. Si esa vía no funciona al menos aportadle una proforma y que de los pasos necesarios desde su posición de víctima.

Saludos,

#7

Re: Gastos medicos

El asunto es determinar la culpabilidad del tercero responsable.

En los accidentes de trafico como esa responsabilidad es clara porque todo el mundo tiene seguro, al lesionado no lo molestan le piden el nombre de su seguro, poliza y numero de expediente que ha originado el parte dado y se entienden directamente con el seguro, al menos eso pasó en un caso vivido.

Los demas casos no son iguales.

Los particulares no tenemos cultura ni conocimientos de estos casos y por ello no hacemos lo que tenemos que hacer concretamente no hacemos nada y sin nada, no se puede justificar despues nada ni mucho menos establecer un responsable al que cobrar.

Creemos que la SS lo cubre todo y que no hay que hacer nada y vemos que no es así en los casos de que hablamos.

La asistencia por daños y lesiones es muy cara, todos sabemos lo que supone un quirofano, pruebas, larga hospitalizacion etc. y eso suponiendo que no haya secuelas valorables.

Lo demas ya lo han dicho aqui los que saben de ello.

S2