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Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador

4 respuestas
Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador
Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador
#1

Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador

Buenas tardes a todos, me gustaría que alguien me ayudase con este temita que me lleva unos días un tanto entretenido. Después de muchos años he ido a utilizar uno de mis seguros y la compañía aseguradora me ha dicho que no tengo derecho a ello porque la póliza se dió de baja en el 2007!!!. Después de mi sorpresa y lógica indignación me han confirmado que por un error interno suyo, no me habían pasado los recibos mensualizados de los años 2008, 2009, 2010 y ene-may2011 y por tanto dicha poliza estaba anulada. Como solución me proponen volver a dar de alta la póliza siempre y cuando abone los recibos pendientes. Estamos hablando de más de 3.000€. Mi pregunta es, pueden reclamarme AHORA el pago de unas cuotas que no me han presentado al cobro en su momento?.
Agradecería cualquier tipo de aclaración y ayuda al respecto. Gracias a todos.
HLF.

#2

Re: Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador

Estimado Holaf,

Para intentar ofrecerte una respuesta necesito saber qué tipo de póliza era. Necesito saber cual era el período de cobertura (de cuando a cuando) y en qué momento te enteraste que estaba dada de baja. También tienes que poner en qué fecha la compañía da la baja de la póliza y que motivo alegan. Y qué cobertura estás solicitando.

Un saludo.

Héctor

#3

Re: Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador

Muchas gracias Héctor por tu pronta respuesta. Te comento, se trata de un seguro que nos obligó a suscribir el banco cuando formalizamos la hipoteca. La idea es que garantizaba el pago del 50% de la mensualidad de la hipoteca en el momento en que uno de los tomadores del seguro se quedase en situación de desempleo. La suscribimos en 2007 y se abonaba mensualmente, por lo que no tiene un periodo fijo de cobertura.
Los tres primeros meses tras suscribir la hipoteca, el banco nos fué pasando los recibos normalmente, sin embargo al tercer mes hicimos una cancelación parcial de la hipoteca bastante importante por lo que solicitamos que adecuaran el valor de dicha póliza al nuevo valor nominal de la misma. En dicho momento es cuando la entidad bacaria, que es la que gestionaba las relaciones con la Aseguradora, solicitó dicha actualización y desde dicho momento dejé de recibir las citadas mensualidades. Realmente no me preocupé ya que supuse que la nueva cuota estaría repercutida en la mensulidad de la hipoteca.
El mes pasado me he quedado en paro y cuando hemos ido a solicitar la cobertura del seguro me han dicho que el mismo había sido dado de baja en el 2007 (tres meses después de contratar el seguro). Como yo no había solicitado dicha baja al final me han confirmado que por un error interno entre ellos y la aseguradora, solicitaron la adecuación de la cuota al nuevo valor nominal del seguro por lo que lo dieron de baja pero olvidaron darlo de alta y por tanto de mandar cuota alguna.
Ahora la solución que me proponen es pagar de "golpe" todas esas cuotas atrasadas al valor inicial del préstamo (antes de la cancelación), si quiero tener derecho a dicha cobertura.
Espero que te sea de ayuda esta larga exposición.
Gracias,
HLF

#4

Re: Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador

Estimado Holaf,

varias apreciaciones:

..."La idea es que garantizaba el pago del 50% de la mensualidad de la hipoteca en el momento en que uno de los tomadores del seguro se quedase..." Tomador de la póliza solo existe uno. En todo caso pueden ser varios asegurados, pero no tomadores. A no ser que tuviérais una póliza cada uno, tú mujer una y tú otra.

..."La suscribimos en 2007 y se abonaba mensualmente, por lo que no tiene un periodo fijo de cobertura." Las pólizas, con independencia de su forma de pago, tienen un período de cobertura establecido en contrato. La ley permite contratar pólizas anuales. La duración máxima legal de un seguro son 10 años, seguro decenal. La tuya ( o las vuestras) probablemente fueran anuales.

..."sin embargo al tercer mes hicimos una cancelación parcial de la hipoteca bastante importante por lo que solicitamos que adecuaran el valor de dicha póliza al nuevo valor nominal..." Aquí está el kit de la cuestión. Tienes que fijarte si en el contrato que firmaste, del cual debes tener una copia porque así obliga la LCS a las aseguradoras, viene alguna cláusula en la que si por cancelación parcial de x porcentaje el seguro de protección de pagos se anula. Ojo con esto porque en este caso estás frito.

..."Como yo no había solicitado dicha baja al final me han confirmado que por un error interno entre ellos y la aseguradora..." ¿Te han confirmado? Diles que te lo den por escrito.

..."Ahora la solución que me proponen es pagar de "golpe" todas esas cuotas atrasadas..." No, en todo caso lo que deben hacer es adecuarte las cuotas al valor resultante después de la cancelación y cobrarte. Ojo porque esto que están haciendo implica reconocimiento de su error, ya que de ninguna otra forma podrían HOY contratarte una nueva póliza y darte cobertura porque YA HAY siniestro, ya estás en el paro. El seguro de protección de pagos al tratarse de un seguro del ramo patrimonial tiene una prescripción por ley de 2 años para iniciar las acciones debidas así que no le aprietes de más.

Negociales la recontratación con efecto retroactivo pero en base a la cuota resultante. Y si por lo que fuera ves en tu contrato del 2007 que en caso de cancelación parcial la cía tiene el derecho a la rescisión de la póliza, o ves alguna cláusula a favor de la cía de rescisión en cualquier momento según su criterio, entonces chitón porque estarías frito.

Espero haberte sido de ayuda.

Un saludo.

Héctor.

#5

Re: Abono de Primas atrasadas en caso de Inactividad del Asegurador

Héctor -- muchas gracias por tus apreciaciones. He comprobado la póliza y no dice nada de cancelación de póliza por cancelaciones parciales. Pero por lo que dices creo que voy a tener que pagar todos los recibos atrasados si quiero que me cubran el siniestro ¿no?. Únicamente voy a poder "pelear" el importe de dichas mensualidades ¿verdad?.
HLF