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Responsabilidad civil de los seguros en actividades deportivas normales

19 respuestas
Responsabilidad civil de los seguros en actividades deportivas normales
Responsabilidad civil de los seguros en actividades deportivas normales
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#17

Re: Responsabilidad civil de los seguros en actividades deportivas normales

He leído por lo alto mi seguro, y tengo una opción que dice contratación a todo riesgo como resultado Contratado, y el tema de la responsabilidad civil también hasta 150.000€.

haber qué camino tomo, pues estoy muy dudoso.

Saludos

#18

Re: Responsabilidad civil de los seguros en actividades deportivas normales

Estimada Carmen11

Si los bienes afectados pertenecen a una persona participante en la competición el seguro no lo va a querer cubrir pues es general la exclusión de daños materiales a bienes de los participantes.

Si se trata de bienes de un espectador la cosa cambia. Pero sabemos que no es el caso sino el de bienes de un jugador que están en poder de un espectador. Desde luego se puede intentar colar pero se tratará de un fraude en base a lo que, con toda probabilidad, indique el contrato de seguro.

Este comentario se refiere al contrato de seguro y pretende indicar con claridad que NO es el seguro quien debe pagarlo al tratarse de una exclusión general de los mismos. Lo cual no quiere decir que los organizadores del evento no tengan responsabilidad y, por tanto, tengan que pagarle los daños. Lo que digo es que pasarlo por el seguro no es correcto pero sí que sea la corporación quien la indemnice.

Saludos,

#19

Re: Responsabilidad civil de los seguros en actividades deportivas normales

Estimado Fblanco blanco,

Lamento lo sucedido.

Por cuanto a la acción del menor que causó el daño si bien se trataría de un tema penal no lo es al no tener edad para delinquir. El responsable de la custodia del menor, en ese momento, es el adulto bajo cuya tutela sus padres lo habían dejado: el monitor o profesor deportivo.

Este señor puede "arrestar" si lo entiende necesario a un niño que no procede como debe en su actividad deportiva pero bajo ningún concepto eso significa que pueda abandonar sus deberes de custodia del menor. Ese niño podría haber sido atropellado, secuestrado o violado por la grave negligencia del cuidador si bien se dedicó a fastidiar a tu hija con el resultado que conocemos que no es otra cosa que una mera consecuencia del abandono de las obligaciones de custodia y vigilancia por parte del monitor.

Ese es mi enfoque y mi consejo: interponer una reclamación por escrito ante el organizador de la actividad en base a una conducta negligente por parte del monitor con resultado de daños sobre los bienes de terceros. E indicar que en el caso de que no se actúe con celeridad os reserváis el derecho a abrir causa civil contra el mismo (para eso hay un año y se llama "DEMANDA", pues para la "DENUNCIA" solo hay seis meses y esta no es civil sino penal).

El seguro de la casa en materia de todo riesgo no te servirá de nada si estabas fuera de casa salvo que tengas una póliza con CHUBB, CHARTIS o HISCOX. Las restantes no lo cubren. Si tienes cobertura de reclamación de daños igual te sirve para demandar al monitor.

Por último: solicita a tu asegurador que te incremente la suma asegurada de 150.000 € en Responsabilidad Civil. Eso es claramente insuficiente en siniestros importantes y yo recomiendo siempre al menos 600.000 €

Saludos,

#20

Re: Responsabilidad civil de los seguros en actividades deportivas normales

Gracias Avante.

Aclarando un poco más el tema, aunque mi hija es la que está asegurada en la actividad deportiva, ella en ningún momento ha llevado material alguno a las instalaciones, esta es la rabia que ella tiene, es una niña que cuida lo suficiente sus pertenencias y mira por dónde, yo que estoy siempre, SIEMPRE con la frase " organización, responsabilidad, cuidar lo que tenemos...etc., pues me he quedado a los ojos de mi hija como una irresponsable, aunque yo creo que no es así.)

La mochila o bolsa deportiva (como queramos llamarla) la aportaba yo, pues de forma independiente yo estaba en las instalaciones, en la zona de espectadores, realizando una actividad (deportiva o no deportiva), llegan los chicos de baloncesto, que por cierto me dice el monitor en estos días, que las pistas que utilizan habitualmente son las pistas del colegio, pero como están haciendo obras no les quedaron más remedio usar las próximas a mi, es decir, que en el lugar donde ocurrió el siniestro no era el lugar habitual para realizar la actividad.

Resumiendo, primero llego yo, y cuando estoy preparándome para marcharme, momento breve desde la llegada del grupo de baloncesto, es cuando sucede esto, es cierto que aportaba el ordenador de mi hija, pero otras veces lo que llevo es el ordenador de mi marido, una radio...etc.

Cuantas veces los padres hacemos uso de materiales que son de nuestros hijos, creo que esto sucede muy amenudo, pues lo que nosotros no hemos podido tener en un pasado, se lo compramos a nuestros hijos y lo usamos todos.

En mi vocabulario, en estos momentos, no existe la palabra fraude, pero si que lo justo sea lo más acertado, y me siento responsable en parte, pues si el ordenador fuese mío, pues mi hija, se hubiera evitado muchas lágrimas, pero como no dispongo de ordenador portátil para mi, he tenido que usar el de ella, y aún habiendo pasado esto, no me queda más remedio que seguir usando el de ella, pero porque yo lo use, independientemente del dueño del equipo, no se le puede echar las culpas al dueño, ya sea un coche, si tengo un accidente, pues en la carretera de la localidad me encuentro un agujero y destrozo una rueda del coche, tendré por lo menos que buscar soluciones, aunque después me toque arreglar el coche y el agujero de la carretera.

Independientemente si es el seguro o el patrimonio del ayuntamiento, en las instalaciones públicas han sucedido y de la mano de la actividad deportiva también, ¿Quién tiene la responsabilidad? ¿mi hija que desconocía mi presencia y mucho más que yo aportase su ordenador?, pero repito, mi hija sabe que yo cuido y custodio los objeto al máximo.

Saludos