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Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica
Buenos días,
Voy a hacer consolidación de dominio por fallecimiento del usufructuario.
Éste, contrajo una deuda de sumministros.
Quería preguntar…
1- Este año 2023, falta por que se cobre el tercer tramo del Ibi. ¿Debe cobrársele al usufructuario y por lo tanto, al heredero de éste o puede reclamarme después el pago del Ibi el heredero?
He tramitado ya el cambio, pero me comentan en tributos, que el último trimestre de noviembre, no tienen tiempo de cambiar la domiciliación y que la cargará en la cuenta del usufructuario.
2- En cuanto a la deuda… quién debe asumirla? Yo como plena propietaria o el heredero del usufructuario..
Muchas gracias
Voy a hacer consolidación de dominio por fallecimiento del usufructuario.
Éste, contrajo una deuda de sumministros.
Quería preguntar…
1- Este año 2023, falta por que se cobre el tercer tramo del Ibi. ¿Debe cobrársele al usufructuario y por lo tanto, al heredero de éste o puede reclamarme después el pago del Ibi el heredero?
He tramitado ya el cambio, pero me comentan en tributos, que el último trimestre de noviembre, no tienen tiempo de cambiar la domiciliación y que la cargará en la cuenta del usufructuario.
2- En cuanto a la deuda… quién debe asumirla? Yo como plena propietaria o el heredero del usufructuario..
Muchas gracias