Buenos días anaximandro
En un seguro solo puede haber un "tomador", que es quien contrata y quien se compromete al pago de la prima de seguro. Es decir que aunque la propiedad del piso sea al 50% con tu hermano, es una cuestión más vuestra personal , es decir, tendréis que redactar un contrato firmado por ambas partes en la que establezcas que tú constas como tomador del seguro, y que tú haces frente a la compañía de seguros del pago del seguro. En el mismo contrato podrás acordar con él si lo pagáis o no al 50%.
Quizás debas hablar con tu compañía de seguros y solicitar que dentro de la póliza conste como asegurado adicional a tu hermano, para que disfrute de las mismas garntias del seguro que tu, que eres quien consta como asegurado y tomador de la póliza.
El beneficiario en un seguro de hogar es la persona designada, expresamente por el tomador de la póliza, para recibir la contraprestación económica de la entidad aseguradora en caso de siniestro; en la mayoría de los casos, el beneficiario suele ser también el tomador de la póliza y el propietario de la ..
Saludos
.