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Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

10 respuestas
Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad
Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad
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#1

Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

Comunidad de propietarios que recibe oferta de ocaso del seguro de comunidad. Precio mas interesante que la póliza en vigor. Comercial de ocaso le dice al presidente que no pasa nada que devuelva el recibo y ellos pasan fax firmado por el presidente solicitando la anulación de la póliza. La notificación de solicitud de anulación la hacen y la cia actual la recibe tres semanas antes del vencimiento. Ocaso emite póliza y la comunidad atiende el recibo devolviendo el de la cia actual. Resultado 4 meses despues la comunidad recibe citación en el juzgado en el que les entregan la resolución de que tienen 20 días para satisfacer la prima a la que hasta que intervino Ocaso era su Compañía. Durante estos 4 meses Ocaso le respondía al Presidente de la comunidad que no se preocupara que estaba todo solucionado. Mi pregunta es la siguiente alguien sabe si hay manera de que Ocaso se haga responsable del perjuicio que le ha ocasionado a la Comunidad al no informarle del plazo que marca la ley para poder anular una póliza de seguro?
Gracias, un saludo y ojo con "los no pasa nada y devuelve el recibo" ya que en época de "vacas flacas" todo el mundo se agarra a un clavo ardiendo.
Saludos

#2

Re: Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

¿El juzgado les envia que tienen que pagar en 20 días sin celebrarse el juicio? Me he perdido algo....

#3

Re: Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

Amigo Mings,

Tres asuntos a tener en cuenta:
- el responsable es quien tiene la obligación legal de preavisar; por tanto fue la Comunidad quien incumplió la Ley y eso es indiscutible. Ya sabes aquello de "el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento". En este caso, incluso, está claro que la Comunidad incumplió la Ley a sabiendas pero confiando en un "no pasa nada" que es, claramente, una inducción al ilícito.
- las aseguradoras son responsables de la actuación de sus agentes, de acuerdo con lo que ordena la Ley 26/2006. Por tanto, Ocaso es responsable de que su agente indujera al cliente a tomar una decisión de compra que no debía aceptar por ilícita. Dudo que Ocaso acepte una reclamación por responsabilidad civil así, por las buenas, porque con eso abriría la caja de Pandora.
- si yo fuera el asegurador (OCASO) anularía la póliza a efecto inicial, con una declaración expresa del Presidente y Administrador de ausencia de siniestro o causa conocida de reclamación reintegrando toda la prima y con una carta de anulación dirigida a la aseguradora anterior para anular en el próximo vencimiento más solicitud firmada. Con ello no solo estaría demostrando al cliente que entiendo su problema y que le ayudo sino también amarrando la contratación de la anualidad siguiente. Si OCASO no reacciona no solo perderá a este cliente a su vencimiento sino también a todos aquellos que se enteren de su comportamiento ¿no?

Efectivamente, amigo Mings, estoy contigo: quien a estas alturas oiga un "no pasa nada..." en seguros es mejor que salga por piernas; está ante un charlatán.

Saludos,

#4

Re: Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

Bien, pero por ejemplo, en el supuesto de que la compañía actual no comunique el aumento de prima antes de esos 2 meses ¿cómo se defiende el asegurado de una subida abusiva que se encuentra en su seguro?

#6

Re: Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

El asegurado debe pagar la prima puesto que no ha anulado en plazo. A continuación o en el mismo acto (si puede hacerlo), deberá reclamar al asegurador que al haber realizado una modificación no pactada del contrato ni haberla comunicado con el preaviso correspondiente para que el asegurado ejercitara sus derechos de desistimiento anulando el contrato, aplique de nuevo la única prima pactada: la de la anualidad anterior. Si la póliza es revalorizable solo podrá incrementarse con el IPC con lo que se garantiza asimismo la indemnización a valor de nuevo (si está pactada).

Esto no solo viene recogido en la Legislación de Seguros (art 22 LCS 50/1980) sino tambien en el RDL 1/2007 por el que se aprobó el texto refundido de protección de consumidores y usuarios.

Es decir no puede anular sin preaviso pero no le pueden subir sin preaviso: seguirá el contrato en las condiciones anteriores.

Saludos,

#7

Re: Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

Efectivamente no se ha celebrado juicio ni nada simplemente le han entregado una ctación dándle un plazo de 20 días o bien para depositar la cantidad o bien para presentar las alegaciones pertinentes de por qué no se pagó la prima. En esto se generan gastos extras ya que al superar lo reclamado los 900 Euro no sirve un escrito hecho por la propia comunidad al Juzgado sino que deben acudir con procurador y abogado.
Supongo que de no haber presentación de alegaciones ni pago ni retirada de demanda por parte de la Cia anterior pasado el plazo el juez dictará sentencia condenatoria a pagar lo reclamado + los intereses correspondientes.

Muchas gracias por todo, una vez más me habeis ayudado a "ver la luz"
Un saludo
Mings

#8

Re: Demanda judicial del pago de prima por no anular la póliza notificándolo con 2 meses de anterioridad

Y no olvides que en un monitorio se imponen a la parte demandada los gastos de reclamación de la actora y las costas...

Saludos,