Yo esto de la prestación de servicios, como algunos tengan la paciencia de acabar con el asunto por lo judicial, y para ello hay que armarse de moral y de paciencia, me temo que se tendrán que cambiar las formas, pero como digo en mi post de blog:
La teoría del agomiento al/ a la reclamante (actualización) *318*
Parece que la cosa sigue ahi, en el agotamiento (si puede ser) jejejeje ...
A ver, por leyes de consumo y salvo que el seguro tenga alguna especilidad en tal sentido, cosa que no he sabido localizar o bien no existe, si la aseguradora te manda a su manista, esto SU manitas, SU subcontrata, SU elección .... no son mis contratados, como asdegurado no participé en la elección. Si nos mandan a "unos mataos" que lo único que pueden ofrecer de interés a la aseguradora es trabajar barato y la calidad, pues depende ..... con lo cual si uno pele, repito, salvo que exista algún sometimiento claro en las concidiones particulares, aceptado expresamente por el/la asegurado/a, desde luego dudo que en las condiciones generales pueda valer .... me temo que si portestas y lo llevamos a un tribunal las posibilidades de "se la coman" son altas.