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Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

9 respuestas
Renta vitalicia exención ganancia patrimonial
Renta vitalicia exención ganancia patrimonial
#1

Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Qué rentas vitalicias autoriza hacienda para que estén exentas las ganancias patrimoniales? He leído que la cuantía total a percibir en caso de fallecimiento no puede exceder del 95, 90,85 POR CIENTO CADA AÑO desde que se suscribió... O sea que al beneficiario no le pueden dar todo el capital? 
Sabéis algunas a las que acogerse? 
#3

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Exacto, la cuestión es que a mis padres Le han ofrecido una renta vitalicia con recuperación de todo  el capital al fallecimiento, incompatible para la exención de la ganancia patrimonial por una venta de una propiedad este año, o al menos eso pone en el enlace, de ahí la duda de si existen productos de renta vitalicia que se estén comercializando y que sean compatibles con la exención 
#4

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Las rentas vitalicias son todas muy similares como contratos, lo único que te va a pedir la Ley como puedes ver es que se cobre efectivamente (mínimo un pago por anualidad y máximo decrecimiento del importe del pago de un 5% en sucesivas anualidades) y que en la póliza conste que se constituye como consecuencia de la exención del IRPF. 

Solo exigirían el pago de los impuestos en caso de un rescate total o parcial en vida del tomador y asegurado, si fallece se pagará lo que corresponda por el ISD pero no trae consecuencias respecto de la exención practicada en el IRPF.

Si le garantizan la totalidad del capital a fallecimiento no influye para lo que hablamos mientras que haya cobros de la renta previamente establecida periódicamente.

#5

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Lo digo por esto,
"Asimismo, ha de tenerse en cuenta la disposición adicional novena del citado Reglamento (añadida por el Real Decreto 1461/2018 y aplicable a los contratos de renta vitalicia suscritos a partir de 1 de abril de 2019), según la cual:

“En los supuestos en que existan mecanismos de reversión, períodos ciertos de prestación o fórmulas de contraseguro en caso de fallecimiento sobre contratos de rentas vitalicias aseguradas a que se refieren el apartado 3 del artículo 38 y la disposición adicional tercera de la Ley del Impuesto, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) En el supuesto de mecanismos de reversión en caso de fallecimiento del asegurado, únicamente podrá existir un potencial beneficiario de la renta vitalicia que revierta.

b) En el supuesto de periodos ciertos de prestación, dichos períodos no podrán exceder de 10 años desde la constitución de la renta vitalicia.

c) En el supuesto de fórmulas de contraseguro, la cuantía total a percibir con motivo del fallecimiento del asegurado en ningún momento podrá exceder de los siguientes porcentajes respecto del importe destinado a la constitución de la renta vitalicia:

Años desde la constitución de la renta vitaliciaPorcentaje

1º95 por 100

2º90 por 100

3º85 por 100

4º80 por 100

5º75 por 100

6º70 por 100

7º65 por 100

8º60 por 100

9º55 por 100

10º en adelante50 por 100„

Por tanto, si el contrato de renta vitalicia se suscribe a partir del 1 de abril de 2019, para aplicar la exención por reinversión en rentas vitalicias, deberán cumplirse tanto las condiciones establecidas en el artículo 42, como los requisitos regulados en la disposición adicional novena, preceptos recogidos en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y antes transcritos.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

#6

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Vaya, pues ese no me lo había leído, tienes toda la razón. De todas formas lo mas fácil de encontrar serán pólizas de renta vitalicia que no garanticen capital, con las rentabilidades que hay en el mercado lo normal serán pólizas que consuman capital. Gracias por la información.
#7

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Una pregunta, entiendo que las rentas anuales obtenidas de esta renta vitalicia habrá que declararlas en la declaración de la renta anual como .........?
#8

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Como renta vitalicia. La tributación efectiva es pequeñísima, ahora hablo de memoria pero entre el 1,5 y el 3 por ciento. 
#9

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

De 66 a 69 años (20%) y 70 o más años (8%) es la parte de la renta sujeta a tributación, lo que al 19% de rentas del capital supone un 3,80% y un 1,52% de pago respectivamente para esos tramos de edad, ya con datos contrastados.
#10

Re: Renta vitalicia exención ganancia patrimonial

Es bastante baja, si, buen instrumento para limpiar plusvalías.
Gracias.