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Primer Riesgo límite.

10 respuestas
Primer Riesgo límite.
Primer Riesgo límite.
#1

Primer Riesgo límite.

Buenas tardes. 
¿Podéis por favor aclararme un duda básica?
Cualquier garantía a primer riesgo  además de límite por siniestro (Sin posible R.P) ¿debo entender también  es limite anual en póliza y por tanto no se atenderán posteriores siniestros tras agotar limite dentro de la anualidad?
Gracias.

#2

Re: Primer Riesgo límite.

Entiendo que sí
#3

Re: Primer Riesgo límite.

El seguro a primer riesgo cubre el mismo hasta una cantidad acordada de antemano, independientemente del valor del bien dañado. Por tanto, si el bien dañado valiese más, el límite de indemnización sería el acordado pero no podrían aplicar "regla proporcional" por ese supuesto "infraseguro".

El límite establecido es, por tanto, el límite por siniestro o anualidad.
#4

Re: Primer Riesgo límite.

No estoy de acuerdo. Habrá pólizas que impongan un máximo anual y otras, muchas, no lo hacen.
#5

Re: Primer Riesgo límite.

El máximo anual suele ser la suma asegurada a primer riesgo. 
#6

Re: Primer Riesgo límite.

Dependerá de pólizas y compañías, te insisto. En Allianz por ejemplo es prácticamente siempre  un límite por siniestro, no por anualidad. Y no te digo el 100% por si alguien me aparece con el ejemplo, pero no recuerdo ninguno.

#7

Re: Primer Riesgo límite.

¿Podrías tener "n" siniestros siempre que cada uno de ellos no supere ese límite? Pues en ese caso yo no me atrevo a calificarlo como "primer riesgo". Lo trataría como un riesgo "tradicional" con un límite por siniestro.
#8

Re: Primer Riesgo límite.

Es que estás definiendo un primer riesgo, cubrir hasta determinada cantidad renunciando a la regla proporcional :-D

#9

Re: Primer Riesgo límite.

Hoy en dia no, pero antiguamente tenias que reponer prima para poder seguir con el máximo contratado.

Entoy con Patocles mas quwe con Enmamani
#10

Re: Primer Riesgo límite.


No tienes razón. A primer riesgo cuando se agota el capital asegurado para la anualidad, lo correcto sería reponer la prima, sino no queda cubierto, lo que pasa que poca gente sabe esto, incluso algunos tramitadores.
Otra cosa es cobertura a 100% del capital asegurado en contenido. Es muy difício por no decir imposible que se agote la prima para pagar los primeros riesgos
#11

Re: Primer Riesgo límite.

Bien, me gustaría que me enseñaras norma o cláusula donde lo establezca, por curiosidad.