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Comunicación siniestro
Alguien me podría poner de cuánto tiempo dispone la compañía de hacer valoración de siniestro tanto aceptación como rehúse según la ley de CS y sino actúa en plazos cómo proceder?
Alguien me podría poner de cuánto tiempo dispone la compañía de hacer valoración de siniestro tanto aceptación como rehúse según la ley de CS y sino actúa en plazos cómo proceder?
¿Estamos hablando de autos, hogar?... El plazo por ley es 40 días pero en el caso de autos, al existir convenios entre compañías, los plazos suelen ser más cortos aunque dependerá del tipo de siniestro.
Es de hogar
¿Qué número de ley lo recoge? Gracias
50/1980 del Contrato de Seguro.