Hola amaika
En primer lugar, la propiedad de la cartera de seguro no es tuya, tú tendrás derechos económicos según tu contrato de agente y supletorio el código civil
Necesitas contar con autorización de la asegurador para poder cambiar esos contratos a otro agente.
Para pasarlos a una correduria, necesitas autorizacion de cada uno de los tomadores para poder hacerlo, y aún así, no estaría de más recabar la autorización de la aseguradora para no perder los derechos económicos de aquellos que por el motivo que fuese no se traspasasen
Para indicarte una correduria, para lo que yo no me siento capacitada pero otros si te la podrán indicar, al menos deberías de indicar la zona de actuación y los ramos de mayor volumen de negocio, a mi modo de ver.
En las corredurías existen los empleados en régimen laboral y los auxiliares en régimen mercantil, la ley no reconoce otras figuras para la corredurias, aunque si es cierto que cada cual le llama de mil maneras diferentes y todo es ok si el contrato se ajusta a derecho.
saludos