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Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado

5 respuestas
Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado
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Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado
#1

Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado

Tengo un local arrendado (yo soy la propietaria) en el que el inquilino tiene un bar. Ha tenido una avería de una tubería en el baño, que al no haber sido correctamente reparada a tiempo ha causado daños al ascensor de la comunidad. Ahora me llaman a mi, como propietaria, para hacerme cargo de la factura. En el contrato, obligo al inquilino a tener su seguro, pero no lo tiene en regla. Supongo que ahora la comunidad me lo reclamará a mi, porque él no lo quiere pagar.
Me gustaría saber si en algún caso, al ser local montado como bar y el inquilino no tener el seguro, puedo ser yo responsable de esta reparación. O por el contrario, estoy exenta de responsabilidad al exponer mi contrato de arrendamiento. Yo no tengo seguro porque en el contrato obligo al inquilino a tenerlo él, incluso el del continente.
¿Pueden reclamármelo a mi, aunque yo después se lo tenga que reclamar al inquilino? Porque eso supondrían gastos para mi.
Gracias

#2

Re: Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado

Bolsa pura.

"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"

#3

Re: Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado

creo que tu eres el responsable ultimo al ser el dueño del local.

Tambien le puedes hacer ver a tu inquilino que tu puedes pagar la reparacion, pero se la puedes descontar de la fianza que te haya entregado, ó reclamarsela judicialmente.

#4

Re: Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado

Debe tratarse del bar del edificio de la Bolsa , ese al que acuden todos los brokers,

... unos borrachos ellos...

XD

#5

Re: Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado

Verás...

 

Si tienes en el contrato la cláusula esa que indicas de que el inquilino está obligado a tener contrato por el Continente, es posible que, por ahí, puedas recobrar lo que te pidan por la avería si no tienes un seguro del local.

 

Lo habitual, cuando un local es alquilado es que los arrendatarios aseguren CONTINENTE OBRAS DE REFORMA, es decir, el acondicionamiento que hacen del local. El responsable del resto, es el propietario, de ahí que te reclamen como propietaria (y me temo que te obliguen a pagar si te reclaman judicialmente).

 

La cosa es que, una vez que pagues el importe de la reparación de la avería y de los daños -siempre facturas mediante-, a la vista de la cláusula del contrato que tienes con el inquilino se lo reclames. Por otra parte, si me lo permites, no iría yo diciendo por ahí que la fuga no fue reparada correctamente ni a su debido tiempo ya que eso "agrava" tu posición con respecto a reclamaciones y responsabilidades (no has puesto los medios necesarios para subsanar la avería ni para evitar que se produjesen daños mayores, eso lo puedes ver en cualquier condicionado general de seguro que te eches a la cara).

 

Concretando: como propietaria del local, SÍ, eres la responsable (el continente -el local- con sus conducciones e instalaciones es tuyo), así que tendrás que pagar la reparación. Cosa aparte es que luego reclames al inquilino.

 

Si quieres una idea, en tu lugar, haga o no el inquilino póliza de seguro y contrate todo el continente o solo continente obras de reforma, haría un seguro como propietaria, no suele costar demasiado y te evitas este tipo de problemas. Para que me entiendas: hay pólizas de comunidad que cubren conducciones generales y privativas y, si tienes una fuga, te la reparan... ahora, si te pican un alicatado o un solado y no tienes para reponerlo... tienes un problema con los daños estéticos (es rara, aunque las hay, las pólizas comunitarias que cubren daños estéticos privativos).

 

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#6

Re: Responsabilidad de daños a terceros con un local arrendado

Los inquilinos no tienen obligación de asumir las averías y los daños causados por lo que no es suyo, por mucho que se ponga en los contratos de arrendamiento, no se puede obligar a un inquilino a contratar un seguro que cubra los vienes del propietario, casi se podría considerar como un fraude, y en seguros graves la aseguradora si se entera que no es el propietario del bien lo podría reclamar y si existe daños a terceros pues el asunto empeora.

En estos casos el propietario tiene que tener su seguro y el inquilino tendría que tener el suyo.

Eso que comentan de que el inquilino pueda tener obras reformas, si no existen esas obras de reformas realizadas por el inquilino, no colaria en una rotura de tubería del continente del propietario.

Te asesorarán muy mal con lo del seguro, no se donde te informarte pero te toca asumir todos los gastos, tantos los del local y daños del inquilino, como los de los terceros, lo que reclameis al seguro seguro del inquilino lo podría considerar la aseguradora como estafa por vuestra parte, cuidado con esto y sobre todo si interviene un perito, su informe puede que ponga en aviso a la aseguradora.