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Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

51 respuestas
Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día
Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día
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#31

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Exacto. Es la forma que tienen muchos bancos de asegurarse de no pagar en caso de siniestro. Por eso un buen mediador siempre velará porque contestes adecuadamente al cuestionario y tengas un seguro que de verdad te proteja a ti y a tu familia.

#32

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Otra cosa que he visto es que algunos seguros se extinguen a los 65 y otros no se extinguen. Supongo que las primas subirán con porcentajes superiores a los otros seguros, ¿no? Porque tengo entendido que los seguros con extinción a los 65 suben un 10% (más o menos) anual. Por otra parte, supongo que si les comunicas una enfermedad nueva, te subirán más la prima, porque aunque dicen que no es obligatorio comunicar las nuevas enfermedades, yo entiendo que sí porque generalmente afectan a la probabilidad de sufrir un accidente (si te quedas ciego de un ojo, o manco, o sufres un infarto, se disparan las probabilidades de accidente), igual que el compañero que debía haber informado del cambio de profesión por el mayor riesgo de accidente. ¿No lo veis así?

#33

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

No hay que comunicar las nuevas patologías, precisamente ese es la función del seguro, hacerlo cuando estás sano para que te cubra en una posible enfermedad/accidente. Es más, en algunos seguros, tendrían cobertura alguna de las patologías/accidentes que mencionas.

Saludos

#34

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Yo también tengo una duda. En las pólizas suele constar que no cubre la muerte o incapacidad por enfermedades anteriores a la contratación. Me parece lógico, pero yo, por ejemplo, que tengo asma leve que no necesita tratamiento, imaginemos que algún día se me agrava y la palmo de eso: ¿no hay ninguna póliza que cubra eso?

#35

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Enfermedades anteriores a la contratación, que no se declararon en el momento de la contratación.
En tu caso el asma estará declarado, ¿no?

#36

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Aún no he contratado el seguro. Cuando me pasen el cuestionario o me llamen los médicos, declararé todo con pelos y señales. No sólo las enfermedades diagnosticadas, sino los achaques en urgencias que recuerdo.
Entonces, por lo que dices, si una persona declara tener una enfermedad, ¿en general los seguros te cubren si falleces de esa enfermedad? Pero creo que, por ejemplo, si has tenido un infarto antes de la contratación del seguro, el seguro no te cubre si te repite, ¿no?.
Además, en una póliza de ASISA quedan excluídos: "Los ocurridos como consecuencia de accidentes o enfermedades originadas con anterioridad a la entrada en vigor de la póliza". También pone en la póliza que "cualquiera de las partes podrá oponerse a la prórroga mediante notificación escrita a la otra, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión del período del seguro en curso, cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador". Es decir, en cuanto les de la gana, me dejan unilateralmente sin seguro. Para mí un seguro así no es bueno. ¿No hay seguros que ofrezcan garantía total de vigencia del contrato?

#37

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Como ya dije anteriormente, NO tienes que comunicar nada de lo que dices, siempre que sea posterior a la contratación de la póliza. Para eso pagas cada año una prima de seguro, para protegerte de los riesgos futuros que te puedan suceder. En esencia haces una transferencia de esos riesgos al asegurador a cambio de una prima anual.

#38

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

El asegurado debe "Comunicar a la Entidad Aseguradora, durante la vigencia del contrato, tan pronto como le sea posible, la alteración de los factores y las circunstancias declaradas en el cuestionario que agraven el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por ésta en el momento de la perfección del contrato no lo habría celebrado o lo habría concluido en condiciones más gravosas".
Como dijeron antes: VIVA EL VINO!
Osea que en cuanto les declarase una enfermedad o accidente que agrave el riesgo, y que me harían más necesario que nunca el seguro, tendrían la libertad de no renovarme el contrato.
La cláusula está muy clara, ¿no? Negocio rendondo.

http://www.puntoseguro.com/condiciones-generales/seguro-ASISA-vida.pdf

artículo 12. a)

#39

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Si tienes asma leve y lo declaras como tal. La compañía se reserva el derecho a pedirte si considera necesarios, los informes pertinentes para evaluar el riesgo que presenta, una vez evaluados decidirá si te acepta sin subir la prima, o aplicándote una sobre prima. En caso de aceptarte (que lo haría) ya lo está haciendo conocedora de esa enfermedad, por lo tanto si en el futuro se te agrava el asma y mueres de eso, te pagarán. Ya que no existe mala fe ni ocultación en el cuestionario de salud, ellos han podido evaluar correctamente el riesgo y lo han aceptado.

Este seguro no funciona como el seguro de salud, en que el asma seria considerado preexistencia y por lo tanto quedarías, salvo pacto expreso, excluido de recibir asistencia sanitaria relacionada con el asma.

La compañía es libre de no renovarte la póliza, pero eso es altamente improbable puesto que como he dicho, no estás obligado a comunicar nuevas enfermedades o accidentes. Extraído de la póliza:

"El Tomador del Seguro o el Asegurado no tienen obligación de comunicar la variación de las
circunstancias relativas al estado de salud del Asegurado, que en ningún caso se considerarán
agravación del riesgo"

Lo que si establecen las pólizas es la obligación de comunicar al asegurador cualquier error en la declaración que se hubiera realizado, y que de haberlo sabido hubiera afectado a la valoración del riesgo. Por ejemplo, si revisando la póliza te das cuenta que no has declarado que te operaron del estómago.

No te hagas bolas con esto, contesta a las preguntas con la verdad y ya está.

#40

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Otra cosa Messenger, me han enviado una póliza de AXA que no cubre la muerte por accidentes cardiovasculares (con lo cual en una sociedad "avanzada" como la nuestra se están ahorrando a lo mejor el 15% en indemnizaciones). De tus palabras infiero que estas carencias de cobertura son infrecuentes en los seguros.

#42

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

La verdad es que no sabia esa exclusión en las pólizas de vida de axa. Tendré que estudiar mejor a la competencia.
Yo he hecho pólizas a clientes con problemas de corazón, y el suscriptor solicito informe médico cardiologo, analítica sangre, su último electrocardiograma... Y una vez estudiado emitieron la póliza con un 30% de sobreprima en la garantía de fallecimiento. Pero ese cliente está cubierto, simplemente paga un 30% más que otro que no tenga problemas de corazón porque su riesgo de morir es más alto, y la compañía lo acepta pero a cambio de esa sobreprima.
Pero de alguna manera viene a evidenciar que no todos los seguros son iguales, y que hay que tener en cuenta muchos factores más allá de la prima cuando se elige que seguro contratar.

#43

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Como te dice messenger ahora no se tiene la obligación de comunicar la variación de las
circunstancias relativas al estado de salud del Asegurado, eso era un requisito anterior que perdieron las aseguradoras en una sentencia.
Los accidentes cardiovasculares se tienen que contratar como garantía opcional, quien no quiera tener esa cobertura no la contrata y quien este interesado pues la contrata, no es algo que se tenga para ahorrar en indemnizaciones, todo dependerá de la prima.

#44

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

Ah!, se tienen que contratar como garantía opcional! Sólo faltaría que la peña que contrata un seguro y le da una embolia quiera cobrar la indemnización sin contratar la garantía opcional por accidente cardiovascular. Es que la gente tiene una pillería...
Me parece muy lógico.

#45

Re: Yo he cambiado de profesión, pero no lo comuniqué a la aseguradora en su día

¿En que compañías? Yo, lo que he visto en seguros de vida riesgo no seguros de accidentes en las que si es opcional fallecimiento por accidentes cardiovasculares, es siempre cobertura por fallecimiento cualquier causa. Otra cosa es que quieras doble capital por fallecimiento por accidente cardiovascular o hablemos de seguros de accidentes, en los cuales si es cobertura opcional.

Saludos.