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Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

30 respuestas
Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional
Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional
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#1

Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Hola a todos, tenemos dos coches y la vivienda asegurados en Axa a través de un agente.
Mi hijo es menor de 25 años y tiene menos de dos años de carnet y pedí hace dos semanas su inclusión como "conductor ocasional" en la póliza del coche (estudia fuera).
Mi sorpresa ha sido que han necesitado ese tiempo para comunicarme a través del agente que no aceptan la inclusión (yo no tengo nada por escrito) porque parece ser que en un plazo de cuatro años hemos tenido dos partes en la vivienda (cerradura y arreglo de una pequeña filtración) y en el coche me cambiaron la luna delantera que encontré rota.
Me imagino que si se niegan es porque pueden hacerlo y ahora tengo que buscar una solución, la póliza la pagué en enero, puedo anular la misma y hacer un seguro en otra compañía en la que acepten la inclusión que necesito o tengo que esperar?
Vista la situación me gustaría llevarlo todo legalmente, necesito saber què comunicaciones tengo que hacer y a quién y en qué plazos y si este caso se contempla como un supuesto en el que puedo rescindir el contrato que tengo con ellos y pedir además que me devuelvan la parte proporcional de la prima.
La verdad es que nos crea un grave problema y me parece una situación de abuso, entendería que me cobraran más, pero negarse a la inclusión me parece alucinante.
Cualquier idea o consejo será bienvenido.

Saludos

#2

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Hola Labat, legalmente tienes que esperar a dar de baja el seguro. Para ello debes enviar ANTES de dos meses de la finalización del contrato una carta de baja a la compañía (te aconsejo que lo hagas por fax, correo electrónico y carta certificada o bien acércate a cualquier oficina de ellos y que te la sellen por duplicado para que quede constancia). Eso es lo legal y lo que contempla el seguro. Ahora bien, puedes dar de baja anticipada y que te hagan un extorno de la parte proporcional de la prima si, por ejemplo, vendes el coche. Evidentemente para ello deberás presentar hoja de compraventa (no todas las compañías de seguros la piden pero si la presentas mucho mejor).
Y sobre lo que comentas de no incluir a tu hijo en el seguro me parece un tanto discriminatorio pero habiendo dado tantos partes la compañía quiere "curarse en salud por lo que pueda venir". Esto es "ilegal" pero piensa que las compañías quieren ganar dinero jejeje
Por cierto.... el nuevo seguro te va a costar "una pasta" puesto que todos nos fijamos en el fichero Sinco (ahí viene reflejado tu historial de siniestralidad... pero solo del coche). Te va a tocar pedir presupuestos "a diestro y siniestro".
Un saludo y ya contarás.

#3

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

No puedes rescindir la póliza ya que es una modificación del contrato que el asegurador no acepta, es una agravación del riesgo. No todas las compañías autorizan ocasionales, o piden unas condiciones mínimas para hacerlo, en alguna necesitas tener mínimo 3 pólizas para que lo autoricen.

Lo que puedes hacer es esperar a vto de la póliza y cambiarte a una cia que si lo permita, y te recomiendo que lleves todas las pólizas para que te salga mejor de precio o no te den problemas.

La verdad es que nunca había escuchado lo de mirar siniestralidad de hogares para incluir o no un ocasional en un auto, pero supongo que la guerra enorme de primas que ha existido estos años hace que las cias tengan que ajustar sus riesgos mucho más y ver la rentabilidad global del cliente.

Saludos

#4

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Escolanod, ni es "ilegal" ni nadie monta un negocio para perder dinero ¿o tu lo harías? El negocio asegurador es eso un negocio y, logicamente las compañías ganan... y tu también... ¿cómo? pues por ejemplo si pagas 1000 y pintas el coche y ha costado 1.500 tu te has ahorrado 500 que ha "perdido" otro asegurado que no dio parte.... dicho de una manera muy simple el seguro es eso... entre todos hacemos un fondo común para pagar los siniestros de unos pocos y las compañías se quedan con un margen por gestionar eso.

AH!!!! y en este caso no son dos meses los que tiene para comunicar.

#5

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Emmamami: "ILEGAL" es no querer incluir a su hijo en el Seguro de auto... por muchos partes que dé.
Entiendo muy bien que las compañías ganan dinero a costa de los que no dan partes pero en muchas de las ocasiones se "engordan" las facturas de los talleres y ahí la compañía sí pierde dinero.
Bueno, lo dicho, es ILEGAL negar la inclusión del hijo en la póliza.... lo mires por donde lo mires.

#6

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Lo llevo mirando un rato y no hay manera... ¿por dónde lo miras tú? Es por curiosidad.

#7

Re: Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

¿ Me puedes decir qué buscas ? Es que no sé qué decirte....

#8

Re: Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

La ilegalidad.

#9

Re: Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Gracias a todos por las respuestas.
En respuesta a Patocles te puedo contestar que la "ilegalidad", "abuso" o como quieras definirlo surge desde el momento de que la pòliza durante la anualidad cubierta por la prima puede sufrir modificaciones, ya que realmente hay contratos como éste, que no son estáticos, por ej si tienes a todo riesgo tendrás que dar cuenta de que has puesto un equipo de sonido buenísimo supongo y simplemente te subirán la prima.
Y otra posible situación es la que yo he descrito, es decir, que tu hijo saque el carnet en el transcurso de la vigencia de la póliza y la familia estime que pueda coger ocasionalmente el coche.
Con la respuesta de AXA se cercena el derecho que tenemos a que nuestro hijo pueda practicar con un vehículo que es nuestro y no es algo baladí.
No sé lo que dice la Ley del Seguros, lo que sí te puedo asegurar es que de haberlo sabido no hubiera renovado con esta compañía en enero.
Todo esto solo tiene un nombre y es la falta de regulación, ya que desde aquí lo digo alto y claro...creo que sino lo es, debería declararse ILEGAL el hecho de no incluir a un conductor ocasional cuando lo solicite el cliente.
Lo que no discuto es que la aseguradora avise de que no renovará la póliza a su vencimiento, pero arrogarse el derecho de decidir si lo acepta o no y dejarnos atados de pies y manos esperando hasta enero de 2016 es una "atribución abusiva" que se deja en manos de las aseguradoras y que solo se puede entender en el mundo al revés en el que vivimos.

#10

Re: Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

La compañía no tiene obligación de incluir colectivos que estime que son de riesgo, y un conductor con el carné recien sacado y menor de 25 lo es. 

Si crees que es un buen nicho de mercado puedes tú montar una aseguradora para ese colectivo y ya verás lo que vas a tardar en quebrar.

Para ese supuesto está el consorcio que es el único que tiene obligación de asegurar, por supuesto a terceros solamente.

No te montes pelis de atribuciones abusivas, aseguradoras y movidas de esas. Tú pagas por unas condiciones y no puedes a mitad de partido cambiarlas, y menos para incluir un factor de riesgo. Es como si tienes un seguro médico y a los 6 meses de pagarlo le informas que vas a hacer escalada libre 8 horas al día, verás lo que tardan en echarte a la calle. Es así de sencillo.

Un saludo

Método, disciplina y tiempo

#11

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Pues si consideras que es ilegal. ¿Por qué no presentas una denuncia ante la Dirección General de Seguros? Déjate de chorradas y utiliza otro término como que te parece injusto pero "ilegal" no hay por donde lo cojas... las compañías aseguradoras, dicho en plata, contratan los riesgos que les da la gana. Es más, la ley prevé eso y si tienes la negativa de dos compañías (no recuerdo si tienen que ser dos o tres), vas al Consorcio y te hace el seguro obligatorio.

#12

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Emmamani, ok, que denuncie ante la Dirección General del Seguro. Por cierto, lo de las "chorradas" mejor te lo reservas.

#13

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Hola Labat, léete esto que está sacado de la página web de la Dirección General de Seguro (te dejo el enlace también):

"El artículo 12.1 del Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la
circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto 1507/2008, de 12 de
septiembre, establece un régimen especial para la solicitud del seguro obligatorio
de vehículos, en los siguientes términos:

- La solicitud del seguro obligatorio, a partir del momento en que esté
diligenciada por la entidad aseguradora o agente de ésta, produce los
efectos de la cobertura del riesgo durante el plazo de quince días.
Se entenderá que está diligenciada cuando se entregue al solicitante copia
de la solicitud sellada por la entidad aseguradora o por su agente.
El asegurador podrá rechazar la solicitud en el plazo máximo de diez días
desde el diligenciamiento, mediante escrito dirigido al tomador por cualquier
medio que asegure la constancia de su recepción, especificando las causas,
y tendrá derecho a la percepción de la prima que le corresponda por la
cobertura de los quince días previstos en el primer párrafo. Si transcurrido el
plazo de diez días el asegurador no hubiera rechazado la contratación, se
entenderá que la misma ha sido admitida.
Diligenciada la solicitud y transcurrido el plazo de diez días, el asegurador
deberá remitir la póliza de seguro en el plazo de diez días.

De acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, la solicitud de seguro en el
seguro obligatorio de vehículos a motor produce los efectos de la cobertura del
riesgo a partir del momento en que esté diligenciada por la entidad aseguradora o
por su agente, de tal forma que si se produce el siniestro durante el plazo de quince
días desde el diligenciamiento, el asegurador está obligado al pago de la
prestación.
En el supuesto de que la entidad aseguradora rechace la solicitud de seguro
deberá comunicarlo directamente al tomador, sin que las comunicaciones hechas
al mediador interviniente puedan considerarse válidas. Igualmente, en cuanto a la
forma de verificar la citada comunicación, el Reglamento dispone que el medio
elegido debe asegurar la constancia de la recepción, por lo que la comunicación
por buro fax o correo certificado con acuse de recibo deben considerarse medios
válidos a tales efectos."

http://www.dgsfp.mineco.es/reclamaciones/criterios/servicioreclamacionescriteriossoa.asp

Pincha después en el enlace:
◾SOVM 1 - Rechazo a la solicitud de seguro en el seguro de vehículos a motor.

Saludos.

#14

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

Escolanod, dices que me reserve el concepto "chorrada", pues me lo reservo pero ¿cómo califico todas las inexactitudes que vienes escribiendo aquí? Por favor, definelas tu mismo.... la última lo que acabas de escribir sobre la "solicitud de seguro". Transcribir el texto al pie de la letra te lleva a nuevos errores.... la solicitud de seguro NO vincula a la entidad aseguradora.... fíjate que el texto legal habla de "una vez esté diligenciada", es decir, estamos ante lo que se denomina PROPUESTA DE SEGURO y, en ese caso, la aseguradora sí que queda vinculada durante 15 días... y nunca debemos confundir los conceptos, solicitud, propuesta o proyecto de seguro. Vamos que lo normal es que cuando estamos hablando de que te hacen un "presupuesto" de seguro estamos ante un proyecto y no una solicitud (diligenciada o no).

#15

Re: Negativa a incluir a mi hijo como conductor ocasional

¿Qué ilegalidad? Si ninguna compañía lo acepta, que lo asegure el Consorcio...

Guía Básica