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Seguro de vida de empresa

11 respuestas
Seguro de vida de empresa
Seguro de vida de empresa
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#9

Re: Seguro de vida de empresa

acrasol:

explicame donde yo tengo que meterlo en la renta

o lo meten los dos chavales

gracias

#10

Re: Seguro de vida de empresa

Es un pago salarial en especies.
Tienes que hacer un pago a cuenta del IRPF. Ese pago a cuenta puedes repercutirlo a los trabajadores, o asumirlo tú. En ese caso, el importe del salario en especies será (prima + IRPF).
La cuantía del pago a cuenta es la que corresponda a la retención de cada trabajador, incluyendo el coste de la prima como sueldo.

Por aquí te lo han vendido como muy bonito y conveniente, pero en estos tiempos que corren, no se yo si un trabajador preferirá cobrar 600 € en mano, y luego si quiere y puede, ya se hará él directamente un seguro, o pagará la hipoteca, o se irá a tomar cervezas.

Y claro, ofrecerles un seguro de vida, si les repercutes el IRPF, les significará encima cobrar menos, y si no se lo repercutes, a ti te saldrá considerablemente más caro, y a ellos un pelín les seguirá perjudicando en su IRPF.

Si los empleados son papás-mamás con niños pequeños, pueden ser muy sensibles a este tipo de cosas. Es un intangible que valorarán. En otro caso, lo veo un poco frívolo.

Y por cierto, antes estas primas-salario en especie no estaban incluidas en la base de cotización de la SS. Ahora están incluidas en la base de cotización.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#11

Re: Seguro de vida de empresa

como bien ha comentado adrianbarcelona parece una buena idea, más empresarios deberían mirar por sus empleados.
¿Has conseguido llevarlo ya acabo?

#12

Re: Seguro de vida de empresa

Tal como lo veo yo, el seguro de vida r`presenta un gasto directo para ti y podras contabilizarlo como cualquier otro gasto, tus empleados tendran que cotizar por retribucines en especie.Hay otra forma que te puede ser ventajosa, ya que no representa incremento de renta, es contratarles un seguro de salud, lo contratas a nombre de la empresa y vosotros como asegurados, para la empresa es un gasto y no hay que considerarlo como rendimiento en especie,tiene la misma consideracion que una dieta o gastos de comida.