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S.O.S Agente exclusivo obligaciones

6 respuestas
S.O.S Agente exclusivo obligaciones
S.O.S Agente exclusivo obligaciones
#1

S.O.S Agente exclusivo obligaciones

Buenas tardes,
Necesito ayuda urgente. Trabajo como agente exclusivo en una compañía de seguros.
Estamos como agentes exclusivos los responsables de los agentes externos o como nos denomina la compañía “Inspectores”.
El caso es que me quiero marchar de la misma por las malas formas del director.
Ya lo han hecho otros compañeros y siempre de malas formas, amenazas y demás por parte del director.
Dice que se nos pueden reclamar las primas de las pólizas que causen baja antes de un año, ya que lo que nos paga son comisiones anticipadas de las mismas. (esto me consta que no suele hacerlo)
También comenta y amenaza con que en nuestro contrato, y esto es así, dice que en 2 años no podemos ejercer en ninguna otra compañía. (esto si me preocupa)
No obstante el último marcharse opto por ir a la DGS y aquí le comentan que con enviar un buro fax solicitando baja en la empresa es suficiente.
Que en el momento en el que se vaya a inscribir en otra aseguradora, la DGS solicitará a esta última copia de ese buro fax, por no poder estar inscrito en dos aseguradoras a la vez.
O que puede presentar copia de este buro fax en la misma DGS para que le den de baja ellos.
También a otros compañeros que trabajaban como agentes externos en CC.OO les han dicho que sus contratos mercantiles no son válidos por falta de cláusulas etc…
Anteriormente trabajé en una gran compañía y cause baja como agente exclusivo (hace 2 años) y comencé donde ejerzo actualmente como agente exclusivo y no he tenido problemas.
Agradecería vuestras respuestas.

Saludos y gracias.

#2

Re: S.O.S Agente exclusivo obligaciones

David, si tu cobras una comisión anualizada hasta que el cliente no paga todo un año, está sometido a extorno de esa comisión. Creo que hablamos de productos de vida o decesos. En cuanto al resto de dudas, te remito a la Ley del 2006...

#3

Re: S.O.S Agente exclusivo obligaciones

Bueno, lo de poder marcharte si que puedes pero haciendo lo que dices, es decir, solicitando tu baja como agente exclusivo de esa compañía ya que hasta que no la tengas no podrás trabajar para otra.

Lo de los dos años... si has firmado esa cláusula de "exclusividad" en tu contrato, a malas, lógicamente te lo podrían exigir vía judicial. Lo que habría que ver es si durante ese periodo en el que "no puedes trabajar para otros" la entidad tiene la obligación de seguir pagándote las comisiones por pólizas de tu clave que te correspondan. De no ser así, es posible que el juez pudiese considerar esa cláusula como abusiva.

#4

Re: S.O.S Agente exclusivo obligaciones

Muchas gracias.

Me temo que las comisiones de aquellos que abandonan la oficina siguen llegando , pero como bien dice en el contrato al no estar trabajando para la compañía no tienes derecho a percibirlas. Cobramos por medias.

Gracias de nuevo.

Saludos.

#5

Re: S.O.S Agente exclusivo obligaciones

A ver las comisiones que yo percibía como agente afecto de la Compañía X, me las mantuvieron hasta el 2009 y dejé de trabajar para ellos en el 2004. En el contrato mercantil de agente (anterior a la ley del 2006) dejaba bien claro que debía realizar un mínimo de producción cada 6 meses o me anulaban el código. Yo no aporté esas pólizas y en el 2009 me anularon el código, es decir, todo queda al albedrío de la Compañía.

#6

Re: S.O.S Agente exclusivo obligaciones

La limitación de competencia es habitual en estos contratos. Si te vas de la compañía, mientras no vendas a los clientes que hayas hecho con ellos ni anules pólizas, no tendrás problemas.

Ahora bien, si notan que muchos de tus clientes se empiezan a dar de baja y averiguan que estás trabajando para otra compañía, supongo que sí te reclamaran esas comisiones adelantadas

#7

Re: S.O.S Agente exclusivo obligaciones

Gracias. Os transmito lo que me comentan en la DGS:
Me dicen que al solicitar el alta de agente en otra compañía y estar dado de alta en esta, salta una alarma avisando de esta situación incompatible como agenmte exlusivo.
En caso de haber enviado burofax a la comapñía solicitando baja, con presentarlo es suficiente para que la tramite la Dgs y hagan el cambio.
No obstante para evitar esto lo ideal es mandar un burofax a la compañía solicitando e informando de tu cese de actividad y solicitando que tramiten baja en la DGS de tu número de agente exclusivo xxxxxxxx.
No me ponen pegas por cambiar de compañía antes de dos años etc....
Muchas gracias a todos.
Ya estoy más tranquilo.
Saludos.