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Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

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Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013
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Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013
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#33

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

El precio de conversión es el valor del derecho que a mi me entregan a cambio de mis bonos
El día de canje me asignan un número de acciones a cambio de mis bonos y en ese momento el valor de esas acciones es el del cierre del día anterior.
Lo que ocurra después con el valor será variación patrimonial.

Vale, ya sé que no es la respuesta pero no es una argumentación sin fundamento.

#34

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

Correcto, pero para poderla aplicar necesitaríamos una base legal que lo apoye y además hay que tener en cuenta que dada la pericia o incompetencia de los emisores, unos tardan muy poco (BBVA) y otros muuuucho (POP y SAB) y esa variación patrimonial te puede perjudicar o beneficiar por culpa de un tercero, y mientras no puedes vender las acciones porque ni siquiera san sido emitidas.

Este tipo de discusiones los expertos hacedores de declaraciones de la renta como churro ni se lo plantean, eso sí, bien que cobran algunos.

SIGUE ESTANDO PROHIBIDO PUBLICITAR CÓDIGOS EN LAS FIRMAS

#35

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

Usar el cambio medio ponderado es lo único que tengo claro que tiene fundamento legal: RD 1416/1991, artículo 15. Lo pongo más abajo. Que sea el día de entrega de las acciones o el del canje, yo le doy más peso a la segunda opción pero esa es mi visión particular dado que no hay ninguna respuesta vinculante de la AEAT aclarándolo, ni siquiera lo hicieron en las respuestas sobre canje de preferentes de Bankia, que ya podían haber aprovechado, que ese ya lo analizaremos más adelante seguro.

Art. 15. Cambios medios ponderados.-
1. Las Sociedades Rectoras incluirán en el Acta de Cotización y publicarán diariamente en sus Boletines el cambio medio ponderado de la última sesión bursátil correspondiente a cada valor. Dicho cambio tendrá la misma consideración que los cambios a que se refieren la letra a) del artículo 188 y el párrafo segundo del artículo 193 del Reglamento de Bolsas.

2. En la determinación de los cambios medios ponderados se tendrán unicamente en cuenta los precios registrados en las operaciones realizadas a través de los sistemas de contratación que las Bolsas de Valores tengan establecidos, prescindiendo de las operaciones especiales que hubieran podido producirse.

3. Las referencias genéricas contenidas en las disposiciones vigentes, en relación con valores admitidos a negociación en Bolsa, al precio o cambio de cotización de un determinado día se entenderán efectuadas al cambio medio ponderado publicado por las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores o la Sociedad de Bolsas conforme a lo previsto en el presente artículo. Esta regla no se aplicará cuando la normativa fiscal aplicable prevea expresamente un criterio diferente.

#36

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

A pesar de mi post anterior, en el manual práctico de este año por fin lo aclaran todo sutilmente:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Renta_2013/_INFORMACION/Normativa__Guia_y_Manuales/Normativa__Guia_y_Manuales.shtml

Primer documento (lleva un rato descargarlo) y página 155. Cada uno que lo interprete, pero yo lo tengo claro: cambio medio ponderado del día de la conversión.

#37

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

Muchas gracias

#38

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

Y el momento o día de la conversión será el día en el que nos entreguen las acciones (se suscriban a nuestro nombre), entiendo yo. Que puede ser distinto al día en el que se admitan a negociación en el mercado de valores. Es mi interpretación.

#39

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

La determinación de El día de la conversión es lo que tiene más miga.
Pongamos el ejemplo de los convertibles de Caixabank. Vencen el 31 de marzo. El 1 de abril no tenemos bonos. ¿Y no tenemos nada a cambio? Sólo una expectativa de derecho sin valor computable?
Supongamos que nos entregan las acciones el D+7. No puede evaluarse nuestro derecho el día 1? Yo creo que sí, por eso apostaba por la primera respuesta.
De todos modos, a mí es la que menos me interesa fiscalmente, pero es verdad que disfruto mucho contrastando opiniones con los que más sabéis

#40

Re: Pais de torpes - vaya carajal con los datos fiscales IRPF 2013

Añado a lo anterior, sería lo coherente con el tratamiento de los CFDs. Me explico, la mayor parte de nosotros tendremos cubierto con CFDs el riesgo de cotización hasta la entrega de las acciones. La variación de cotización en este periodo computará en CFDs como variación patrimonial, mientras que su contraparte, las acciones, computarán como RCM.
Me viene de cine, pero no es lógico

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