Me váis a disculpar, pero es que me sale del fondo del estomago, cual profunda arcada:
Son unos
P......... AUTENTICOS GOLFOS Y SINVERGÜENZAS!
1.- Los gastos de abogado y procurador, deberian poder deducirse de los intereses, ya que no son gastos como el que se compra un nuevo televisor, sino que ha sido necesario acometerlos, para conseguir qué, SE HICIERA JUSTICIA, de la tropelía, atropello y vil estafa, que ellos, los PODERES PÚBLICOS, no sólo no quisieron ni supieron evitar, sino que propiciaron. Ante la inhación y desinteres de dichos poderes, para obligar a los ESTAFADORES, a un resarcimiento "de oficio" para con los ESTAFADOS, N
O SE PODRÍA HABER DECLARADO A HACIENDO NINGÚN INTERES, SIN HABER DEMANDADO, y haber acometido los gastos correspondientes.
2.- LAS COSTAS JUDICIALES,
LAS DEBERÍA DECLARAR QUIEN SE LAS EMBOLSA! Por qué leches, tienes que declarar como ingresos propios, un dinero, que en ningún momento, nisiquiera ves?