Re: OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Por desgracia para mucha gente, ni siquiera se podrán compensar en parte esas minusvalías.
Acepto privados, sobre todo si me pides referidos.
Por desgracia para mucha gente, ni siquiera se podrán compensar en parte esas minusvalías.
Acepto privados, sobre todo si me pides referidos.
Cuando se tiene que poner que opinaban los lobbys de la abogacia sobre la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 se necesita poner una noticia de ese año. Evidentemente esa ley ha sido modificada varias veces y sabemos leer en este foro el articulo 23 y 31 de esa Ley.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2000/BOE-A-2000-323-consolidado.pdf
Y el Codigo civil tambien tiene muchos articulos derogados pero todavia funciona. Y se puede leer como empieza en el articulo 1271 y despues la nulidad de los contratos en el 1300 y 1301 y 1302.
https://www.boe.es/buscar/pdf/1889/BOE-A-1889-4763-consolidado.pdf
Las leyes se consideran propiedad privada de los abogados, pero no es asi y los abogados piensan que solo ellos las saben interpretar porque estan coreano, pero la realidad es que estan en castellano.
Es que hay personas que han comprado bonos subordinados Banco Popular desde un broker ajeno al Banco Popular con rating de riesgo 6 de 6 y el vendedor era una sociedad domicialiada en las Islas Caiman a traves de su broker de la City londinense y claro, va a demandar al Banco Popular que no ha visto su dinero. Eso si les queda la via contencioso administrativa que es perder, perder y perder.
Pero bueno Indra, tu eres afectado por el Popular o no ??
Pues entonces .....
Miguelp, sigo tus aportaciones con verdader interes, bienvenidas sean !!
Yo compré de ambas series de las OS a la par, porque me interesaba el cupón básicamente. Y las transacciones fueron en febrero y marzo de este año a través del mercado secundario, por lo que sólo cobré 1 cupón trimestral.
Valoraciones sobre el momentum caro o poco acertado aparte, ¿crees que habiendo comprado a la par, puedo tener mejores posibilidades de recuperación via judicial?
No sabría qué decirte, porque en febrero y marzo el banco ya estaba bastante tocado, pero vamos como cotizaban a la par siempre podrías decir que no veías ningún riesgo porque ni las auditorias ni el regulador hacían ningún tipo de advertencia.
En fin, es un asunto complejo y ni los propios profesionales en general tiene las ideas claras.
Lo mejor que podría pasar es que alguno de lso que ya han recurrido por la vía contencioso-administrativa tengan éxito y se declara, esperemos que pronto, nulo de pleno derecho la Resolución del FROB y.... hubiera que retrotraer todo a la noche en la que el Ministro Windows no dormía de gozo!
Se declararía Fiesta Nacional el momento en el que alguien del POP le devolviera a la cara a la Botina un cheque cruzado y doble barrado de UN EURO!
No me lo puedo ni imaginar!
;-) ;-)
Acepto privados, sobre todo si me pides referidos.
1º Comprar un activo al 100% del valor nominal es de poco avispados, lo logico es que todo producto bancario se deprecie y se compre con fuerte descuento.
2º Si no tienes claro ni a quien demandar, yo CREO QUE DEBES DEMANDAR al que te vendio todos los bonos,QUE ES QUIEN TIENE TU DINERO.
Como tienes 4 años para saber hacerte el tonto en los Tribunales, espera a las resoluciones judiciales, por ahora dalo todo por perdido y sé feliz. Yo tengo que aguantar a los bancarios que todos los dias bursatiles quieren desplumarme el dinero y te lo dicen como unas palabras dulces y tranquilas. Lo tuyo no tiene solucion judicial porque ningun magistrado de lo contencioso administrativo va a condenar a la Administracion Publica.
Como me dijo un cajero del BBV cuando habia liado a mi madre dando a mi madre un cheque de ventanilla dejando la cuenta en negativo "ESO TE PASA POR TU MALA CABEZA". y tenia pocos meses mas de 18 años.
http://gonzaleztorresabogados.blogspot.com.es/2011/04/el-delito-de-deslealtad-profesional-del.html
No hay mejor informacion que leer las leyes escritas.
Querido amigo, este párrafo es incongruencia pura:
No sabría qué decirte, porque en febrero y marzo el banco ya estaba bastante tocado, pero vamos como cotizaban a la par siempre podrías decir que no veías ningún riesgo porque ni las auditorias ni el regulador hacían ningún tipo de advertencia.
En febrero o marzo el banco no estaba peor de lo que pudiera estar dos meses antes, y sino que me lo demuestre alguien, no caigamos nosotros tampoco en la trampa de los "yoyalosabía".
A éste ni puto caso, podría decírtelo de otra manera pero es la más sencilla y directa, ni pu to ca so.