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Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

24 respuestas
Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?
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Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?
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#9

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

Gracias por su leccion de economia financiera para alguien tan inculta como yo en asuntos financieros
Permitame hacerle una pregunta sobre la reforma financiera .
"Disposición adicional primera. Tratamiento excepcional de las participaciones preferentes y otros instrumentos en circulación (instrumentos de deuda obligatoriamente convertibles en acciones)"
En la que se permite la solicitud de diferir por un plazo no superior a doce meses el pago de la remuneración prevista etc etc

(En el primer caso, preferentes, me vi "obligada" al canje de la caixa y en el segundo caso, vendí los bonos convertibles al leer esta disp. y segundo y más importante porque no entiendo el funcionamiento de la bolsa)

Esto ocurria en el caso de las obligaciones subordinadas de Caixabank?????? entiendo que NO es el producto que se refiere la disposición, pero tampoco sé los riesgos de este producto y se podria comparar las os como una imposición a plazo fijo, (perdone mi atrevimiento) cobrando el cupón fijo, esperar al vto y recuperar la inversión.
Si me lo pudiera aclarar estas dudas le estaria agradecida . Saludos

p.d perdón por el rollo pero queria copiar lo que cita la reforma financiera en su disposicion

#10

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

Buenas tardes, por lo que entiendo de su planteamiento y diciendo de antemano que no he leído la reforma financiera, si lo que resalta entre comillas es textual entiendo que se refiere sólo a esos productos: preferentes y bonos convertibles, por tanto no se refiere a obligaciones subordinadas. Las obligaciones por lo general son deuda con vencimiento ( aunque las hay perpétuas) y a diferencia de las preferentes el emisor suele estar obligado a pagar cupón sí o sí, es decir, tenga o no tenga beneficios, pero digo "suele" y "por lo general" porque cada producto de deuda tiene su "vida propia" que se refleja en el folleto de la emisión, es cierto que hay 3 ó 4 grupos grandes de deuda: bonos senior, obligaciones subordinadas, preferentes y bonos convertibles, y cada grupo tiene características comunes entre sí mismo y diferentes del resto, pero... cada emisión tiene sus condiciones particulares y especiales.
Por otro lado cualquier producto de deuda y un plazo fijo tienen una característica diferenciadora principal para mi gusto: la deuda de bancos etc es el propio emisor el garante de ella (si el banco quiebra se pierde el dienro), mientras que en un plazo fijo es el Fondo de garantía de depósitos el que "debería" devolver el dinero a los clientes que tenían el plazo fijo en el banco. En cuanto a vencimiento lo normal es que las OS SÍ tengan un vencimiento y SÍ estén obligadas a pagar cupón, pero hay excepciones como le comenté antes, en el vencimiento el emisor debe devolver el nominal de la obligación.
Un saludo y una cita.
" Hasta cierto punto, según lo que yo sé, a riesgo de equivocarme y si se acepta esto que digo"
Alejandro Jodorowsky.

#11

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

En referencia a las preferentes por lo que yo se son perpetuas y si el banco no tiene beneficios puede haber algun mes que no te paguen cupon. Pero esto con "La Caixa" que yo sepa jamas ha pasado siempre han pagado. Otra cosa son los Bancos que tienen que ser rescatados estos pueden decir que no pagan cupon.

#12

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

Permítame usted una pequeña corrección Padrino, con su permiso, lo que has dicho es totalmente correcto pero se te ha escapado un matiz importante para estas subordinadas en concreto, y es que están emitidas en 2012 lo que conlleva que les es de aplicación la nueva normativa, así que si no quisieran pagar no pagarían aún habiendo beneficios. ¿posible?, es posible, ¿probable?, a día de hoy yo diría que es bastante improbable que sucediese pero....
Pilvira, esa disposición de la nueva normativa española es un auténtico disparate y a mi particularmente siempre me ha parecido que el que la escribió no sabía de qué estaba hablando, en cualquier caso mi interpretación personal de esa claúsula es que beneficia al preferentista porque antes, sino había beneficios o aún habiéndolos sino eran suficientes, pues no se cobraba y se perdía, pero con esta claúsula parece ser que dan al preferentista una segunda oportunidad para cobrar, la verdad yo no consigo entenderla.

#13

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

Yo tnego entendido que la nueva legislación permite postponer el pago en el caso de que haya beneficios. En los casos anteriores que no se cobraba, se sigue sin cobrar. Ya digo que es la idea que tengo de leer cosas en rankia porque yo no he leído las clausulas en detalle.

#14

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

Sera postponer en caso que no haya beneficios no?

#15

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

luisafil como parece que entiendes bastante, te pregunto a ti.

le he hechado el ojo a las subordinadas del popular ES0213790019, como son a 10 años la duda que tengo es que no se que podria pasar con ellas si el banco se fusionase, o fuera absorbido por otro `para evitar la quiebra. Tal y como esta el patio crees que se haria cargo el nuevo banco de ellas, o nos intentarian colar un cange olago parecido.

saludos.

#16

Re: Oportunidades en el SEND revalorizaciones de mas del 7% y ¿luego donde invertir?

COPIO Y PEGO LA DISPOSICION -
""""Disposición adicional pr imera. Tratamiento excepcional de las par ticipaciones
preferentes y otros instrumentos en circulación.
Las entidades de crédito que tengan en circulación participaciones preferentes o
instrumentos de deuda obligatoriamente convertibles en acciones emitidas antes de la
entrada en vigor de este real decreto-ley podrán incluir en el plan de cumplimiento al que
se refiere el artículo 1, la solicitud de diferir por un plazo no superior a doce meses el
pago de la remuneración prevista a pesar de que, como consecuencia del saneamiento
que hayan tenido que llevar a cabo según lo dispuesto en este real decreto-ley, no
disponga de beneficios o reservas distribuibles suficientes o exista un déficit de recursos
propios en la entidad de crédito emisora o dominante.
El pago de la remuneración así diferido solamente podrá efectuarse, transcurrido el
plazo de diferimiento si se dispone de beneficios o reservas distribuibles suficientes y no
existe un déficit de recursos propios en la entidad de crédito emisora o dominante.""""

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