La vivienda habitual la pueden embargar y te pueden echar de ella.
Pero como ya han apuntado algunos hay algunos casos excepcionales por los que no te echan. En estos casos no es que haya una norma jurídica, sino que se apela a la benevolencia del juez.
Estos casos se dan siempre cuando hay niños o ancianos viviendo. Cuando el que se ha adjudicado la vivienda va al Juzgado a instar el lanzamiento, se presenta en el Juzgado un padre con sus 3 hijos con harapos y saliendoles los mocos y le dice al Juez: "mire usted tengo 3 hijos pequeños y no tenemos donde ir". Entonces el Juez, por un acto humanitario permite que permanezcan en la vivienda aunque ya no sea suya ni puedan pagar un alquiler.
Igual ocurre cuando hay ancianos, sólo que entonces se presenta al alcalde del pueblo o un abogado y apela igualmente a la humanidad del Juez: "son dos ancianos que tienen una mísera pensión y no tienen dónde ir, ¿va usted a echarlos a la calle?".
Hay otros casos en los que alguien intenta aparecer enfermo para que no lo echen, pero ya es más dificil que cuele.