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Extinción de condominio

1 respuesta
Extinción de condominio
Extinción de condominio
#1

Extinción de condominio

Buenas tardes:
Mi hermana y yo tenemos un piso en propiedad al 50% y queremos hacer una extinción de condominio. Yo me quedaría con su parte a cambio de un precio.
El caso es que la vivienda es VPPB y tiene un valor de referencia en el catastro de 300.000€ aproximadamente, pero por otra parte al ser de VPPB creo que el precio máximo de venta ronda los 220.000€. La pregunta es: ¿Qué valor prevalece de los dos a la hora de pagar el impuesto de actos jurídicos documentados?, ese valor lo pago yo. Y para el caso de mi hermana, ella tiene que pagar por su incremento de patrimonio con respecto al valor de referencia o con respecto al precio que aparezca en la escritura?.
Muchas gracias.
#2

Re: Extinción de condominio

Hola, 

Soy David Bartual asesor hipotecario en Rankia.

En el caso de una extinción de condominio, se debe tener en cuenta cómo se determina el valor de la transacción para efectos fiscales. En relación con el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en España, el valor que prevalece para su cálculo es el valor real de la transacción, es decir, el precio pactado entre las partes.

En cuanto a la tributación de tu hermana por la parte que vendió en la extinción de condominio, se debe calcular sobre la diferencia entre el valor por el cual se transfiere su parte y el valor de adquisición inicial. En el caso de una vivienda protegida VPPB, el valor de adquisición inicial suele ser el precio máximo de venta fijado por la administración en el momento de la compra o el valor de referencia en el catastro, dependiendo de lo que esté estipulado en la normativa aplicable en tu comunidad autónoma.

Por lo tanto, en este caso, el incremento patrimonial de tu hermana se calcularía tomando como referencia el valor por el cual se ha transmitido su parte en la extinción de condominio y comparándolo con el valor de adquisición inicial, que podría ser el precio máximo de venta o el valor catastral, dependiendo de lo establecido en la normativa aplicable en tu comunidad autónoma. De todos modos te recomendaría consultar con un asesor fiscal o notario para darte una respuesta más precisa y adaptada a la normativa vigente de tu comunidad.

Por otro lado si estás interesado en solicitar una hipoteca para realizar la operación comentarte que en Rankia ofrecemos un servicio gratuito de estudio de hipoteca. Aquí puedes ver algunas valoraciones de nuestros clientes.

Si tienes interés en que te ayudemos puedes escribirme a [email protected] con tu información de contacto y comentarme algún dato adicional para que podamos valorar tu caso de forma personalizada.

Espero haberte sido de ayuda. Un saludo, 

Asesor Hipotecario en Rankia

[email protected]