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Firma de varias Hipotecas simultáneas de Diferentes Inmuebles con diferentes bancos y notarios

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Firma de varias Hipotecas simultáneas de Diferentes Inmuebles con diferentes bancos y notarios
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Firma de varias Hipotecas simultáneas de Diferentes Inmuebles con diferentes bancos y notarios
#1

Firma de varias Hipotecas simultáneas de Diferentes Inmuebles con diferentes bancos y notarios

Hola, me asalta una duda para poder aumentar los ingresos pasivos por alquiler que tengo de la siguiente manera...

Tengo la entrada suficiente para 4 diferentes pisos e hipotecas con los que tras la firma de estas, alquilar los pisos por habitaciones y sacar sus respectivas rentabilidades. 

El problema es que por capacidad de endeudamiento 1 mismo banco no me concedería las 4 hipotecas para 4 inmuebles diferentes. La solución que últimamente he estado escuchando es directamente firmar cada hipoteca de cada inmueble diferente con un banco diferente y un notario diferente. Así con la misma capacidad de deuda podría conseguir 4 hipotecas y rentas en lugar de 1 o 2.

Por tiempo si se firmaran las 4 hipotecas la misma semana, los datos aún no quedan registrados y los bancos no podrían echar hacia atrás las hipotecas

¿Mi pregunta es, legalmente se puede hacer? ¿Hay alguna cláusula en los contratos hipotecarios por norma general o ley que impida tal cosa?

Gracias de antemano
#2

Re: Firma de varias Hipotecas simultáneas de Diferentes Inmuebles con diferentes bancos y notarios

Hola,

Ya se habló del tema aquí y aquí. Puede parecer por el título y los primeros comentarios que tu caso no es extrapolable a los que te he enlazado, pero la conversación si que se desenvuelve entorno a la pregunta que planteas: el hecho de "no exponer" ciertos datos a la entidad para que concedan el crédito.

Dejando el lado la catalogación como acto legal/ilegal/alegal -discusión jurídica quizás profunda y compleja-, es mejor centrarse en el aspecto práctico. Así que resumiendo los anteriores hilos, se te puede aproximar una respuesta:

Las entidades financieras suelen incluir en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria (la "escritura") una cláusula que les permite -en principio- dar por anticipado el préstamo en caso de que detecten datos falsos/inexactos/incompletos en las solicitudes formuladas al mismo para su estudio y concesión. Es decir, "pueden reclamar" anticipadamente y de una única vez el resto del saldo pendiente (sin intereses) del préstamo si detectan dicha situación. Ahora bien, como muy bien se apuntó en dichos hilos, ¿el banco va a desplegar actuaciones de comprobación para verificar la exactitud de las declaraciones de los deudores, más aún cuando has resultado ser un excelente pagador y siempre se ha abonado las cuotas en plazo? En caso de no hagas frente a la reclamación ¿el juzgado admitirá dicha cláusula como "válida" a efectos de que la entidad pueda exigir por esta vía el saldo pendiente mediante la subasta de las fincas hipotecadas? ¿Va a iniciar posibles actuaciones penales -querella por estafa y/o falsedad en documento público- cuando su principal interés es el cobro en metálico del capital con los intereses pactados y no el hecho de adjudicarse una vivienda en pago por la deuda? ¿Que obtiene con todo ello si el deudor no les ha dado el más mínimo problema? No se puede conocer las respuestas a esas preguntas, pero todo apunta a que más bien no.

Espero que así te haya quedado más claro el marco,
Un saludo.