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Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

7 respuestas
Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda
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Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda
#1

Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Saludos. Desde hace ya unos años vivo en régimen de alquiler pagando renta del alquiler, gastos de luz, agua, basuras y comunidad. El problema es que mi casero empezó a exigirme hace un tiempo el pago del IBI alegando que así está estipulado en el contrato. Tras revisar el contrato veo que efectivamente pone que el arrendador podrá grabar el cobro del IBI al arrendatario, algo que mi casero ni tan siquiera me comentó durante la firma del contrato, pero no especifica el importe del mismo. Tras revisar la LAU (Ley de Arrendamiento Urbano) veo que el articulo 20.1 de la misma especifica que "Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración." Y leyendo en algunos foros de internet se dice que "Para que la cláusula sea válida y no se anule por un juzgado, se debe especificar cuánto va a pagar de IBI el primer año el inquilino". Significa eso que la exigencia de cobrarme el IBI no es válida puesto que no figura el importe en mi contrato? Muchas gracias por adelantado.
#2

Re: Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Al margen de que figure o no en el importe, esta alegación es cuanto menos....

"..algo que mi casero ni tan siquiera me comentó durante la firma del contrato..."

La obligacion y responsabilidad de leer el contrato es tuya, pues se supone que eres mayor de edad, y con plenas facultades, El no tiene que "comentarte" , cada clausula ni coma del contrato.

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#3

Re: Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Entonces... Si la Ley de Arrendamiento Urbano pone como condición para el cobro licito del IBI por parte del arrendador que el importe del mismo figure en el contrato y este no figura me quiere decir que se puede cobrar igualmente???
#4

Re: Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Lo único que te quiero trasladar es que esta última en un momento dado, si sería una alegación, no que el Arrendatario te tenga que leer las clausulas, cómo a un niño chico.
La responsabilidad de haberlo leído en su momento, es únicamente tuya, no se la puedes trasladar a El.

En cualquier caso, y aunque el matiz de que figure el importe, pueda servir de alegación, no creo que tenga mucho recorrido.
Además ese importe va variando anualmente, según el Ayuntamiento de turno.
A fin de cuentas, si en el contrato figura que te lo puede repercutir, eso ya son las ganas o riesgos, que tengáis ambas partes, en ir a litigio, por esa cantidad.

Lo mejor sería llegar a un acuerdo, en un porcentaje por ejemplo.

Suerte!

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#5

Re: Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Yo tengo dudas de que te lo pueda cobrar ahora (no afirmo que no pueda, sólo que es dudoso).
La ley exige que conste el importe en el contrato para que el precio sea comparativo, habida cuenta de que hay arrendadores que no lo repercuten.
Así que, con toda la documentación, recurriría a la defensa legal de tu seguro, si lo tienes.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Muchísimas gracias por sus respuestas y su asesoramiento a cerca de esta cuestión. A parte del tema del cobro del IBI existen otras cláusulas y acciones por parte del arrendador cuya legalidad considero dudosa y sobre las cuales lamento extenderme como lo voy a hacer ahora, pero considero necesario exponerlas:

Primero. Dicho contrato estipula que está terminantemente prohibido tener animales en el edificio, lo cual ni se cumple a día de hoy ni se ha cumplido nunca puesto que durante años me vi perjudicado por los excrementos de perro que caían a mi terraza a través de la tubería procedentes de la terraza del vecino de arriba, lo cual a su vez se debía a un fallo en la estructura del edificio el cual el arrendador tardó 5 años en subsanar (llevo 10 años viviendo en ese piso), tiempo durante el cual sufrí considerables molestias relacionadas con el olor y las condiciones de insalubridad que acarreaban la acumulación de dichos excrementos en mi terraza. El arrendador fue durante todo ese tiempo plenamente consciente de que buena parte de los inquilinos poseían perros en las terrazas y del problema que eso acarreaba debido a la estructura del edificio, y en particular para mi, lo cual denuncié ante el y tardé  como ya digo 5 años en lograr que fuera subsanado.

Segundo. La firma de contrato se ha producido una sola vez en 10 años (Octubre del 2012) y me dispongo en unas semanas (28 de Diciembre de 2021) a firmar el contrato por segunda vez. Desconozco si debería haber firmado un nuevo contrato antes.

Tercero. Se me cobran mensualmente los gastos de comunidad para, segun el arrendador, cubrir el mantenimiento del portal del edificio (el cual acostumbra a estar sucio, como si nadie lo limpiase), y sin haberse establecido una junta de comunidad (en el edificio no hay presidente ni organización vecinal alguna).

Cuarto. Alegando que poseo una deuda considerable debido a mi negativa durante estos años a pagar el IBI (sólo el IBI, puesto que pago el resto de gastos religiosamente) el arrendador se niega a aportarme recibo alguno hasta que haya saldado dicha deuda. Me consta que debo un mes de alquiler debido a la situación generada por la pandemia del covid-19, sin embargo al preguntar a cuanto ascienden los gastos de dicho mes el arrendador me aporta la suma total de estos y del IBI sin desglose alguno, alegando que es el total lo que debo pagar y no sólo ese mes. La negativa a aportar recibos es a demás una práctica habitual por su parte con otros inquilinos.

Quinto. Numerosos vecinos han corrido por su cuenta con las reparaciones de las zonas comunes del edificio alegando el arrendador que "no soy yo el que vive allí y estropea las cosas y no tengo por que pagarlo" Debiéndose dichos desperfectos no al mal uso por parte de los vecinos, sino a la antigüedad y el deterioro natural del edificio. 

Sexto. Sin que tenga que ver con el contrato de alquiler, pero para que conste. Dicho arrendador es un gran propietario salpicado por numerosas demandas y escándalos y del cual sus inquilinos hablan que "intenta cobrar lo máximo y gastar lo mínimo" y que "no se preocupa por el mantenimiento de sus edificios".

Séptimo. Llegados al punto de ir a juicio, pesaría más mi falta (mi negativa a pagar el IBI de un contrato donde no figura el importe del mismo) o el anteriormente mentado listado de faltas cometido por el arrendador? Debo entender que a esta persona le conviene más alcanzar un acuerdo antes que ir a juicio? Muchas gracias por su tiempo. 
#7

Re: Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Esa exigencia solo está desde la ultima revisión de la LAU, ¿no? Si lleva 10 años, cuando firmó el contrato quizá no era obligatorio indicar el coste.
#8

Re: Ayuda pago del IBI por parte del inquilino. - Alquiler de vivienda

Intentando resumir, y dejando al margen, que el Arrendatario pueda ser un joyita.

- Que los contratos expiren sin renovación, es una cosa muy común, en muchos casos por mero olvido. Cada vez sucede menos debido al entorno digital en el que nos encontramos, pero antes era muy habitual. No sucede nada especial, el contrato entra en "Tacita Reconducción", que no es más que sigue todo igual, hasta que una de las Partes, comunique su deseo de finalizarlo.

- Creo  entender que el Propietario es el dueño de todo el bloque, por lo que pareces explicar. En cualquier caso, en nada tiene que ver tu contrato con el de los demás.
El tema de mascotas, suele hacerse al contrato referido en cada activo y de manera concreta, igual que cada una de sus clausulas. 
Insisto, tal vez el arredantario sea el propietario del bloque entero, y sean contratos standards para todos.
De la misma manera e igualmente, El es el único que sobre ese contrato concreto, desee emprender acciones contra esos inquilinos propietarios de animales, o no.
Si por ejemplo, esos inquilinos le caen bien, tú no le vas a forzar a demandarles.
Otra cosa es que tú desees demandar a tus vecinos por tu parte, pero ese es otro tema.

- Si debes una cuota de alquiler, o las que sean, y más desde un tiempo considerable, poca fuerza moral, para seguir alegando resto de circunstancias, pues ya estás incumpliendo la condición primaria del contrato.

- Los gastos de Comunidad te los puede cobrar, SIEMPRE y cuando figure claramente detallado en el contrato, que tú los asumes. De la misma manera, que con el IBI, si no te molestaste en leer el contrato al firmarlo, poco puedes argumentar ahora.

- Respecto a los juicios, para las personas normales es cómo tú dices, a nadie le agrada estar en trámites continuos de demandas. Esto es como las discusiones, a nadie le agrada estar permanentemente discutiendo.
PERO.. Si esto señor es del perfil que dices, y tiene muchas demandas recibidas, tener la tuya de manera adicional, le va traer al pairo :):):)
Es más, probablemente esté más que experimentado, y lo que no te saque ahora, te lo intentará sacar en futuras negociaciones antes de juicio.

Suerte!

PD- Una de las mayores virtudes que los foreros me alegan para no comprar, es que de inquilinos tienen mucha libertad....
A pesar de todos los problemas, incluidos de higiene severa que padeces por las mascotas, llevas diez años viviendo allí.
Tus motivos tendrás, pero que manera más sencillla de solucionar el problema, tal y cómo me suelen alegar por aquí, que sería cambiarte a otra casa.

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