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¿Daños y perjuicios por agencia inmobiliaria?
No sé bien por dónde empezar, en el sentido de que es una historia larga que involucra la compra de un piso a través de una agencia inmobiliaria (¿cuál no lo es?). No hay feministas y sí la necesidad de consultar un abogado, que haré en breve, pero me gustaría tener alguna opinión alternativa por parte de gente que sabe mucho más que yo del tema.
El resumen es el siguiente: estuve interesado en un piso en Barcelona que ofrecía por 150000 euros una agencia inmobiliaria; después de tener una oferta verbalmente aceptada por 130k, se acabó vendiendo a un tercero (¿familiar?) por 130k y este nos lo ha revendido a los dos meses por 160k. Como explico luego, el papel de la agencia inmobiliaria ha sido, cuanto menos, dudoso, tanto para mí como para la propietaria original, a la que representaba en la primera venta, y quiero saber si tendría un caso legal, probablemente junto a la primera propietaria.
Los detalles más relevantes: visité el piso dos veces y tras la segunda visita hice una oferta por escrito, el 27 de abril (125k). El día 4 de mayo, revisé la oferta, también por escrito. El 10 de mayo recibí una llamada de la inmobiliaria anunciando que la propietaria había aceptado esta oferta de 130k euros; me comentó que la propietaria querría haber pedido 132k, pero que "se había plantado" con ella y no me la transmitió. Inmediatamente activé la visita de una tasadora para ganar tiempo de cara a una solicitud de hipoteca. Para seguir el progreso de la situación, intercambiamos esa semana los mensajes de WhatsApp y el 17 de mayo fui en persona a su agencia sin sacar nada claro ni haber cerrado la operación. Nunca llegó la firma de la propietaria a la reserva y me explicaron por mensaje que "un familiar" de la propietaria había comprado el piso después de todo. El contrato de señal no contiene una cláusula específica que limite la comercialización del piso mientras la oferta está en pie, más allá de la frase "De no llegar a formalizarse la misma en contrato privado en el plazo pactado por causas imputables al futuro comprador, éste perderá la cantidad entregada en concepto de daños y perjuicios, quedando resuelto de pleno derecho el presente compromiso, pudiendo esta Agencia disponer libremente de la vivienda reservada."
La historia sigue porque mantuvimos el interés en el piso. Hicimos varias contraofertas, por 135k y 140k pero nunca tuvimos respuesta clara de la inmobiliaria, solo largas. La inmobiliaria nos contactó de nuevo el 12 de junio anunciando que el nuevo propietario (la venta tuvo lugar el 4 de junio, como nos enteramos después) había puesto el piso a la venta por 170k euros; de hecho, por 200k euros una vez reformado. Nosotros lo acabamos comprando, tras una nueva visita al piso el 15 de junio con un representante del nuevo propietario. Esta reserva fue aceptada el 16 de junio y firmamos las arras el 21 de junio. Firmamos la compra el 6 de agosto por 160k. La interacción con la primera inmobiliaria cesó en estas fechas, más allá de que nos devolvieron la señal (1000 euros) en agosto.
En las semanas posteriores, nos enteramos de que el nuevo propietario, el "familiar" resultó ser una SL creada en marzo del 2021 y cuyo administrador es un ucraniano que además organiza reformas de pisos. Además, la primera inmobiliaria "conocía bien" al nuevo propietario (o a su representante). Asimismo, al recibir los detalles de la liquidación de impuestos de la compraventa del 4 de junio, de cara a nuestra propia compraventa, nos enteramos de que el importe de la compraventa del 4 de junio había sido de 130k euros, el mismo importe que nosotros habíamos ofrecido el 4 de mayo.
Entre tanto, también he contactado con la propietaria original, la que lo vendió el 4 de junio. Me explicó que había recibido una oferta de 125k (nuestra, supongo, estoy pendiente de que me lo confirme), que ella había rechazado y que tuvo dos de 130k, según le transmitió la inmobiliaria. Ante la disyuntiva, dejó elegir a la inmobiliaria, porque "ellos no veían espacio para mejorarlas". La semana del 10 de mayo, mientras me decían que estaban esperando la firma de la propietaria, iban preparando la firma del contrato de arras, que tuvo lugar el 17 de mayo, el mismo día que fui a verles en persona. El 18 de mayo, tras explicarme lo del "familiar", le pidieron a la propietaria que, si por un casual la contactaba, respaldara la versión del "familiar" porque, "cuando hay dos interesados en un piso, uno pierde y esta es la versión que menos duele".
Aún siendo la información que tenemos bastante fragmentaria, como no puede ser menos, tenemos la certeza moral de que la inmobiliaria actuó de acuerdo con la SL que compró el piso y que en el proceso pusieron trabas a la transmisión o aceptación de nuestra oferta y de nuestro interés en general. Al hacerlo, habrían causado un daño grave a la vendedora original y también a nosotros.
La duda que tengo es si hay un caso legal por daños y perjuicios con la inmobiliaria, si el caso lo tiene la vendedora original, si lo tenemos ambos, o si ninguno lo tiene ni tampoco hay visos de montarlo con la información que falte y que se pueda obtener. Sólo disponemos de Whatsapps y de algunos correos con documentos. Estamos recopilando información y sugerencias de cualquier tipo son bienvenidas.
El resumen es el siguiente: estuve interesado en un piso en Barcelona que ofrecía por 150000 euros una agencia inmobiliaria; después de tener una oferta verbalmente aceptada por 130k, se acabó vendiendo a un tercero (¿familiar?) por 130k y este nos lo ha revendido a los dos meses por 160k. Como explico luego, el papel de la agencia inmobiliaria ha sido, cuanto menos, dudoso, tanto para mí como para la propietaria original, a la que representaba en la primera venta, y quiero saber si tendría un caso legal, probablemente junto a la primera propietaria.
Los detalles más relevantes: visité el piso dos veces y tras la segunda visita hice una oferta por escrito, el 27 de abril (125k). El día 4 de mayo, revisé la oferta, también por escrito. El 10 de mayo recibí una llamada de la inmobiliaria anunciando que la propietaria había aceptado esta oferta de 130k euros; me comentó que la propietaria querría haber pedido 132k, pero que "se había plantado" con ella y no me la transmitió. Inmediatamente activé la visita de una tasadora para ganar tiempo de cara a una solicitud de hipoteca. Para seguir el progreso de la situación, intercambiamos esa semana los mensajes de WhatsApp y el 17 de mayo fui en persona a su agencia sin sacar nada claro ni haber cerrado la operación. Nunca llegó la firma de la propietaria a la reserva y me explicaron por mensaje que "un familiar" de la propietaria había comprado el piso después de todo. El contrato de señal no contiene una cláusula específica que limite la comercialización del piso mientras la oferta está en pie, más allá de la frase "De no llegar a formalizarse la misma en contrato privado en el plazo pactado por causas imputables al futuro comprador, éste perderá la cantidad entregada en concepto de daños y perjuicios, quedando resuelto de pleno derecho el presente compromiso, pudiendo esta Agencia disponer libremente de la vivienda reservada."
La historia sigue porque mantuvimos el interés en el piso. Hicimos varias contraofertas, por 135k y 140k pero nunca tuvimos respuesta clara de la inmobiliaria, solo largas. La inmobiliaria nos contactó de nuevo el 12 de junio anunciando que el nuevo propietario (la venta tuvo lugar el 4 de junio, como nos enteramos después) había puesto el piso a la venta por 170k euros; de hecho, por 200k euros una vez reformado. Nosotros lo acabamos comprando, tras una nueva visita al piso el 15 de junio con un representante del nuevo propietario. Esta reserva fue aceptada el 16 de junio y firmamos las arras el 21 de junio. Firmamos la compra el 6 de agosto por 160k. La interacción con la primera inmobiliaria cesó en estas fechas, más allá de que nos devolvieron la señal (1000 euros) en agosto.
En las semanas posteriores, nos enteramos de que el nuevo propietario, el "familiar" resultó ser una SL creada en marzo del 2021 y cuyo administrador es un ucraniano que además organiza reformas de pisos. Además, la primera inmobiliaria "conocía bien" al nuevo propietario (o a su representante). Asimismo, al recibir los detalles de la liquidación de impuestos de la compraventa del 4 de junio, de cara a nuestra propia compraventa, nos enteramos de que el importe de la compraventa del 4 de junio había sido de 130k euros, el mismo importe que nosotros habíamos ofrecido el 4 de mayo.
Entre tanto, también he contactado con la propietaria original, la que lo vendió el 4 de junio. Me explicó que había recibido una oferta de 125k (nuestra, supongo, estoy pendiente de que me lo confirme), que ella había rechazado y que tuvo dos de 130k, según le transmitió la inmobiliaria. Ante la disyuntiva, dejó elegir a la inmobiliaria, porque "ellos no veían espacio para mejorarlas". La semana del 10 de mayo, mientras me decían que estaban esperando la firma de la propietaria, iban preparando la firma del contrato de arras, que tuvo lugar el 17 de mayo, el mismo día que fui a verles en persona. El 18 de mayo, tras explicarme lo del "familiar", le pidieron a la propietaria que, si por un casual la contactaba, respaldara la versión del "familiar" porque, "cuando hay dos interesados en un piso, uno pierde y esta es la versión que menos duele".
Aún siendo la información que tenemos bastante fragmentaria, como no puede ser menos, tenemos la certeza moral de que la inmobiliaria actuó de acuerdo con la SL que compró el piso y que en el proceso pusieron trabas a la transmisión o aceptación de nuestra oferta y de nuestro interés en general. Al hacerlo, habrían causado un daño grave a la vendedora original y también a nosotros.
La duda que tengo es si hay un caso legal por daños y perjuicios con la inmobiliaria, si el caso lo tiene la vendedora original, si lo tenemos ambos, o si ninguno lo tiene ni tampoco hay visos de montarlo con la información que falte y que se pueda obtener. Sólo disponemos de Whatsapps y de algunos correos con documentos. Estamos recopilando información y sugerencias de cualquier tipo son bienvenidas.